Resolución N° 319/15/0114
Nro de Expediente:
3260-005248-14
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/9/2015


Tema:
VEREDAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 3,60 (Unidades Reajustables tres con sesenta centésimas) a los copropietarios del padrón No. 33721 de la calle Bernardina Fragoso de Rivera No. 1454.-

Montevideo, 12 de Setiembre de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la vereda frente a la finca sita en la calle Bernardina Fragoso de Rivera No. 1454, Padrón No. 33721;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 5 en la inspección realizada el día 01/VII/2014 se constata la construcción de una rampa de hormigón sobre la vereda y se intima a los responsables el día 05/VIII/2014 a realizar el retiro de la misma otorgándoles en reiteradas ocasiones plazos para su cumplimiento;
        2o.) que constatado el día 31/08/2015 que la vereda permanece en las mismas condiciones;
        3o.) que por lo expuesto se informa que la sanción que corresponde aplicar es de U.R. 3,60 según lo establecido en el Decreto Nº 21.626, Sec.II Art 3;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 3,60 (Unidades Reajustables tres con sesenta centésimas) a los copropietarios del padrón No. 33721 de la calle Bernardina Fragoso de Rivera No. 1454 de los cuales se identificaron:
      NOMBRE PROPIETARIO RUT // CI APTO.
      LYLIAN REBELLA 1.136.490-2 001
      JULIA BARROS 001
      JOAQUIN FIGUEROA 923.335-5 002
      LOLIA GONZALEZ 1.357.587-0 002
      MARÍA VARELA 797.991-1 002
      HECTOR BARROS 675.895-0 101
      con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal