Resolución N° 10/25/0114
Nro de Expediente:
2024-3260-98-000068
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
23/1/2025


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20 (Unidades Reajustables veinte) a Gabriel Adrián ALSINA DEVOTO, C.I.: 3.023.083-1, propietario de la finca sita en la calle PRUDENCIO VAZQUEZ Y VEGA Nro. 919, unidad 1001, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.

Montevideo, 23 de Enero de 2025.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas a la finca sita en la calle PRUDENCIO VÁZQUEZ y VEGA Nro. 919, Unidad 1001, padrón Nro. 99205, propiedad del Sr. Gabriel Adrián ALSINA DEVOTO, C.I.: 3.023.083-1;

      RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5, intimó a los titulares de obrados, a realizar los trabajos necesarios efectuados mediante firma técnica responsable, Arquitecto, Ingeniero o Técnico Sanitario habilitado por la Intendencia o en su defecto, nota de conformidad del denunciante sobre los trabajos realizados, para evitar el pasaje de filtraciones y humedades a la unidad 901 de dicho padrón, dándose reiterados plazos, bajo apercibimiento que en caso de omisión se aplicaría una multa de U.R. 20, según lo establece la Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso A del Decreto Nº 21.626;

      2o.) que en virtud de que no se han certificado los trabajos realizados, se notificó al propietario con fecha 21/IX/2024, que por no haber dado cumplimiento se aplicará la sanción prevista;

      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;

      EL GOBIERNO MUNICIPAL CH
      RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 20 (Unidades Reajustables veinte) a Gabriel Adrián ALSINA DEVOTO, C.I.: 3.023.083-1, propietario de la finca sita en la calle PRUDENCIO VAZQUEZ Y VEGA Nro. 919, unidad 1001, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.-
Matilde Antia,Alcaldesa.-

Álvaro Maynard,Concejal