Resolución N° 139/11/0114
Nro de Expediente:
3260-001191-11
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
19/8/2011


Tema:
HABILITACIÓN MESAS, SILLAS Y ENTARIMADO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 45 (Unidades Reajustables cuarenta y cinco) a la firma EDINGOLD S.A. R.U.T. 215388220016, responsable del establecimiento destinado a parrillada, sito en la calle Gral. José Esteban Brito Del Pino No. 1317 bis

Montevideo, 19 de Agosto de 2011.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a parrillada, sito en la calle Gral. José Esteban Brito Del Pino No. 1317 bis, perteneciente a la Firma EDINGOLD S.A. R.U.T. 215388220016, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal No. 5 el día 23/I/2011 se pudo comprobar que carece de las habilitaciones para la instalación de mesas y sillas (con o sin entarimado)
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 45, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 32.082, modificativo del 32.707 y la Res. 5456/08 de 08/XII/2008;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 45 (Unidades Reajustables cuarenta y cinco) a la firma EDINGOLD S.A. R.U.T. 215388220016, responsable del establecimiento destinado a parrillada, sito en la calle Gral. José Esteban Brito Del Pino No. 1317 bis, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No.5.-
Luis Luján,Alcalde.-

Hugo Medici,Concejal