Resolución N° 158/20/0114
Nro de Expediente:
2019-3260-98-001133
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
20/10/2020


Tema:
HABILITACIÓN MESAS, SILLAS Y ENTARIMADO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 15 (Unidades Reajustables quince) a la firma PISANO SCHLUEB, ALVARO DANIEL, CI.: 3.228.130-9, R.U.T. 150394110016, responsable del establecimiento destinado a restaurante, sito en la calle Miguel Barreiro Nro. 3301, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 20 de Octubre de 2020.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a restaurante, sito en la calle Miguel Barreiro Nro. 3301, perteneciente a la Firma PISANO SCHLUEB, ALVARO DANIEL, CI.: 3.228.130-9, R.U.T. 150394110016, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5 el día 10/XII/2019, se pudo comprobar que carece de habilitación para la instalación de mesas y sillas (con o sin entarimado);
        2o.) que luego de reiterados plazos, el día 21/IX/2020 se notifica a la empresa que se aplicará una multa de U.R. 15 por ocupación de espacio público sin autorización, por mesas y sillas (con o sin entarimado), por infracción a lo dispuesto en el Decreto Nro. 2346.10;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 15 (Unidades Reajustables quince) a la firma PISANO SCHLUEB, ALVARO DANIEL, CI.: 3.228.130-9, R.U.T. 150394110016, responsable del establecimiento destinado a restaurante, sito en la calle Miguel Barreiro Nro. 3301, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.-
Ana María Larrañaga,Alcaldesa.-

Alvaro Maynard,Concejal