Resolución N° 255/22/0114
Nro de Expediente:
2022-0014-98-000421
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
22/12/2022


Tema:
MULTA DIRECTA

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 30 (Unidades Reajustables treinta) a los copropietarios del padrón Nro. 31039 de José Martí Nro. 3295

Montevideo, 22 de Diciembre de 2022.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la mutilación de tres árboles pertenecientes al ornato público en la calle José Martí y Pedro Berro frente al edificio Coimbra (José Martí Nro. 3295), realizado por la obra responsabilidad de los copropietarios del Padron Nro. 31039;
        RESULTANDO: 1o.) que el sector inspectivo de este Municipio el día 18/X/2022, constata corte de raíces de un ejemplar sobre la calle José Martí Nro. 3295 y de dos ejemplares por la calle Pedro Berro;
        2o.) que con fecha 06/XII/2022 la administración del Edificio Coimbra presenta una nota con sus descargos, los cuales no son de recibo según informe técnico de la Ing. Agrónoma
        3o.) que el sector inspectivo de este Municipio informa a los copropietarios la aplicación de una multa de U.R. 30 (daño a tres árboles del ornato público, U.R. 10 por c/u) por infracción a lo establecido en el Art. 2 Inc. 2 Dec. 21626, notificado con fecha 01/XII/2022;
        CONSIDERANDO: 1o.) que se estima procedente el dictado de resolución en tal sentido;
        2o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        3o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 30 (Unidades Reajustables treinta) a los copropietarios del padrón Nro. 31039 de José Martí Nro. 3295 los que a
      continuación se detallan:
        UNIDAD 001
        Edgardo Héctor Moreira Schenone CI: 720.909-1
        UNIDAD 002
        Dalma Irene Cabrera Britos CI: 2.685.491-8
        UNIDAD 101
        María Magdalena Ferriolo Rivas CI: 2.027.334-8
        UNIDAD 102
        Alejandro Cristian Moles Massone CI: 3.010.442-2
        Rafael Antonio Moles Massone CI: 1.978.612-8
        UNIDAD 103
        Jaime Antonio Bandeira Pfeiff CI: 2.977.124-2
        María Elena Bandeira Pfeiff CI: 3.290.740-0
        Virginia Bandeira Pfeiff CI: 3.938.565-5
        María Mercedes Bandeira Pfeiff CI: 3.556.618-6
        UNIDAD 201
        Mariana Fraga Pereira CI: 3.193.619-7
        UNIDAD 202
        José Santiago Pallas Callaba CI: 1.536.237-8
        Carlos Gustavo Pallas Callaba CI: 1.536.199-8

        UNIDAD 203
        Mercedes Lassus Fernández CI: 931.316-5
        UNIDAD 301
        Enrique Andrés Machiñena Sineiro CI: 1.942.703-7
        UNIDAD 302
        María Luján Carbajal Bares CI: 1.029.806-7
        UNIDAD 303
        María Cristina Hughes Real De Azúa CI: 962.811-2
        UNIDAD 401
        Eduardo Juan Mayone Dodera CI: 3.048.604-4
        UNIDAD 402
        Cecilia Socolovsky Grodzinsky CI: 1.078.991-1
        Jorge Luis Kaszas Lowy CI: 969.316-3
        UNIDAD 403
        Federico Barmaimon Restahinoch CI: 4.364.612-2
        María José Murias Cateura CI: 3.685.100-5
        UNIDAD 501
        Maximiliano Ciapessoni Sierra CI: 4.460.744-8
        María Agustina Izmendi Odizzio CI: 4.058.033-5
        UNIDAD 502
        María Sofía Martínez Pays CI: 1.574.987-3
        UNIDAD 503
        Sylvia Carmen Lopepe Berriolo CI: 3.801.611-2
        UNIDAD 601
        Adriana Teresita Brianza Casarotti CI: 1.171.757-1
        UNIDAD 602
        Fernando Miguel Acerenza Fernández CI: 4.199.911-7
        Carolina Oggiani Morgas CI: 3.912.789-9
        UNIDAD 603
        Julio César Mentech Klinghoffer CI: 1.249.996-0
        UNIDAD 701
        Enrique Atilio Fraga CI: 533.165-6
        Ana María Pereira Fontana Sin Datos
        UNIDAD 702
        María Ofelia Chavarría Poey CI: 2.546.737-8
        UNIDAD 703
        Patricia Cecilia Kennedy Castro CI: 2.637.422-1
        UNIDAD 801
        Helena Comas Merola CI: 1.035.660-5
        Daniel Jorge Mackinnon Zorrilla CI: 979.687-2
        UNIDAD 802
        María Mercedes Saez Güelfi CI: 1.036.266-8

      por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor.-
Matilde Antía,Alcaldesa.-

Álvaro Maynard,Concejal