Resolución N° 280/17/0114
Nro de Expediente:
2017-3260-98-000382
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
7/8/2017


Tema:
MULTA POR MARQUESINA

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 8 (Unidades Reajustables ocho) a la firma BALI URUGUAY S.R.L., R.U.T. 217574850012 responsable del establecimiento destinado a restaurante, sito en la calle Marco Bruto Nro. 1300.-

Montevideo, 7 de Agosto de 2017.-
 
        VISTO: los obrados relacionados con el toldo instalado en el establecimiento destinado a restaurante, sito en la calle Marco Bruto Nro. 1300, perteneciente a la firma BALI URUGUAY S.R.L., R.U.T. 217574850012 con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 5 intimó al titular a que se realicen las modificaciones para ajustarase, según las normativas vigentes de salientes desmontables (toldo), dándose un plazo de 20 (veinte) días, bajo apercibimiento que en caso de omisión se aplicaría una multa de U.R. 8, según lo que establece la Sección II, Artículo 3º, incisio 16 del Decreto No. 21.626;
        2o.) que, al no haberse dado cumplimiento, pese al tiempo transcurrido y al plazo concedido, la mencionada dependencia sugiere la aplicación de la sanción de referencia, notificando con fecha 08/VI/2017;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 8 (Unidades Reajustables ocho) a la firma BALI URUGUAY S.R.L., R.U.T. 217574850012 responsable del establecimiento destinado a restaurante, sito en la calle Marco Bruto Nro. 1300 con igual a los efectos legales por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal