Resolución N° 41/12/0114
Nro de Expediente:
3260-014386-10
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
3/5/2012


Tema:
MULTA POR MARQUESINA

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 22,3410 (Unidades Reajustables veintidós con tres mil cuatrocientas diez diezmilésimas) a la firma DIMTEL S.R.L., R.U.T. 215781830010, responsable del toldo instalado en el establecimiento sito en Coronel Mora No. 495.-

Montevideo, 3 de Mayo de 2012.-
 
      VISTO: estos obrados relacionados con el toldo instalado en el establecimiento sito en Coronel Mora No. 495, de la cual es responsable la firma DIMTEL S.R.L., R.U.T. 215781830010, con igual domicilio a los efectos legales ;
      RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 5 intimó a la titular el día 20/I/2011, a que se ajustara a las normativas vigentes de salientes desmontables (toldo), bajo apercibimiento que en caso de omisión se aplicaría una multa, que el día 27/I/2012 se pudo comprobar que no se habían levantado las observaciones por lo que se sugiere aplicar una multa de U.R. 22,3410- por contumacia, según lo establece la Sección XIII, Artículo 14o. del Decreto No. 21.626;
      2o.) que, al no haberse dado cumplimiento, pese al tiempo transcurrido y al plazo concedido, la mencionada dependencia sugiere la aplicación de la sanción de referencia;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
      RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 22,3410 (Unidades Reajustables veintidós con tres mil cuatrocientas diez diezmilésimas) a la firma DIMTEL S.R.L., R.U.T. 215781830010, responsable del toldo instalado en el establecimiento sito en Coronel Mora No. 495, con igual domicilio a los efectos legales , por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No.5.-
Luis Lujan,Alcalde.-

Hugo Medici,Concejal