Resolución N° 2/10/0114
Nro de Expediente:
3260-016815-09
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
2/12/2010


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 19,7880 (Unidades Reajustables diecinueve con siete mil ochocientas ochenta diezmilésimas) a la Sra. Adriana Cuenca Radnai, CI. No. 1.931.552-3 con domicilio a los efectos legales en la calle Julio Maria Sosa No. 2275 y al Sr. Diego Prusky Engelman CI. No. 1.927.107-8, con domicilio a los efectos legales en la calle Belastiqui No. 1482, propietarios de la finca sita en la calle Carlos Berg No. 2475 apto. 1001.-

Montevideo, 2 de Diciembre de 2010.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle Carlos Berg No. 2475 apto. 1001, propiedad de la Sra. Adriana Cuenca Radnai, CI. No. 1.931.552-3, con domicilio a los efectos legales en la calle Julio Maria Sosa No. 2275 y del Sr. Diego Prusky Engelman CI. No. 1.927.107-8, con domicilio a los efectos legales en la calle Belastiqui No. 1482, que afectan las condiciones de habitabilidad del Apto. 901 del citado inmueble;
          RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 5, intimó a los titulares de obrados a realizar las reparaciones necesarias a los efectos de eliminar el pasaje de filtraciones a la unidad 901 del mismo edificio que afecta las condiciones de habitabilidad, concediéndoles a tales efectos un plazo de 20 (veinte) días calendario, bajo apercibimiento que en caso de omisión se aplicaría una multa de U.R. 19,7880, según lo establece la Sección II, Artículo 3o. Numeral 12, Inciso A) del Decreto No. 21626;
          2o.) que mediante inspección profesional se constató que la situación permanece incambiada, por lo que se sugiere la aplicación de la sanción de referencia;
          CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
          EL CONSEJO DEL MUNICIPIO CH
          RESUELVE:
          1.- Aplicar una multa de U.R. 19,7880 (Unidades Reajustables diecinueve con siete mil ochocientas ochenta diezmilésimas) a la Sra. Adriana Cuenca Radnai, CI. No. 1.931.552-3 con domicilio a los efectos legales en la calle Julio Maria Sosa No. 2275 y al Sr. Diego Prusky Engelman CI. No. 1.927.107-8, con domicilio a los efectos legales en la calle Belastiqui No. 1482, propietarios de la finca sita en la calle Carlos Berg No. 2475 apto. 1001, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
          2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, si la multa permaneciera impaga, este Municipio comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro de la misma.-
          3.- Pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para la notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5.-
Luis Luján,Alcalde.-

Hugo Medici,Concejal