Resolución N° 46/19/0114
Nro de Expediente:
2016-3260-98-000559
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
1/3/2019


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 12 (Unidades Reajustables doce) a la firma VIDAL GARCIA, DIEGO, CI.: 3.891.462-3, R.U.T. 214876760011, responsable del establecimiento, sito en la calle Francisco Muñoz Nro. 3150.-

Montevideo, 1 de Marzo de 2019.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a cafetería, sito en la calle Francisco Muñoz Nro. 3150 perteneciente a la firma VIDAL GARCIA, DIEGO, CI.: 3.891.462-3, R.U.T. 214876760011, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las multas aplicadas (Resolución No. 214/14/0114 de fecha 18/VIII/2018), habiéndose realizado una nueva inspección técnica de fecha 28/XII/2018 se constatan observaciones a levantar con sanción en caso de incumplimiento de U.R. 12, notificando con fecha 10/I/2019 de la aplicación de la multa de referencia;
        2o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5 informa que, pese a la intimación efectuada, no se ha procedido a levantar las observaciones constatadas en inspección profesional, por lo que correspondería la aplicación de una multa de U.R. 12 al titular de obrados, de acuerdo a lo establecido en el Decreto 21626, Secc XIII, Art 14, Inc. A;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 12 (Unidades Reajustables doce) a la firma VIDAL GARCIA, DIEGO, CI.: 3.891.462-3, R.U.T. 214876760011, responsable del establecimiento, sito en la calle Francisco Muñoz Nro. 3150, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal