Resolución N° 330/15/0114
Nro de Expediente:
3260-000709-15
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
24/9/2015


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 6 (Unidades Reajustables seis) y otra de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) a la firma TORRES RISSO MATÍAS AGUSTÍN, CI.: 3.828.270-7; R.U.T 216329600019 con domicilio a los efectos legales en la Avda. Rivera No. 2605.-

Montevideo, 24 de Setiembre de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local destinado a restaurante, sito en la Avda. Rivera No. 2605 propiedad de la firma TORRES RISSO MATÍAS AGUSTÍN, CI.: 3.828.270-7; R.U.T 216329600019, con igual domicilio a los efectos legales ;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Municipio CH el día 19/XII/2014, se pudo comprobar que carecía de las habilitaciones municipales (Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas y Locales Comerciales) y de la Dirección Nacional de Bomberos,
        2o.) que con fecha 20/V/2015 el Servicio C.C.Z. No. 5 notifica al interesado que se le otorga un plazo de 20 (veinte) días para presentar los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes en el mencionado Servicio;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, el día 17/VIII/2015 se notifica que se aplicara una multa de U.R. 6 y otra de U.R. 10, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 6 (Unidades Reajustables seis) y otra de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) a la firma TORRES RISSO MATIAS AGUSTIN, CI.: 3.828.270-7; R.U.T 216329600019 con domicilio a los efectos legales en la Avda. Rivera No. 2605, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal