Resolución N° 247/18/0114
Nro de Expediente:
2016-3260-98-000515
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
2/10/2018


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 27 (Unidades Reajustables veintisiete) a la firma DELAFOND VALLES, ANA MARIA CI.: 997.725-0, R.U.T. 211259870011, responsable del establecimiento destinado a restaurante, sito en Bvar. Gral. Artigas Nro. 1176.-

Montevideo, 2 de Octubre de 2018.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a restaurante, sito en Bvar. Gral. Artigas Nro. 1176 perteneciente a la firma DELAFOND VALLES, ANA MARIA CI.: 997.725-0, R.U.T. 211259870011, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos, a la multa aplicada (Resolución Nro. 110/18/0114 de fecha 23/V/2018) y a las intimaciones efectuadas, en una nueva inspección de fecha 30/VIII/2018 se pudo constatar que no se ha procedido a levantar las observaciones constatadas en inspecciones de fechas 15/VII/2017;
      2o.) que correspondería la aplicación de una multa de U.R. 27 (por contumacia) al titular de obrados, de acuerdo a lo establecido en Decreto 21.626, Secc XIII, Art 14; 21 y 22 , notificado con fecha 11/IX/2018;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
      EL CONCEJO DEL MUNICIPIO CH
      RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 27 (Unidades Reajustables veintisiete) a la firma DELAFOND VALLES, ANA MARIA CI.: 997.725-0, R.U.T. 211259870011, responsable del establecimiento destinado a restaurante, sito en Bvar. Gral. Artigas Nro. 1176 con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal