Resolución N° 213/22/0114
Nro de Expediente:
2021-3260-98-000809
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/12/2022


Tema:
MULTA POR MARQUESINA

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 8 (Unidades Reajustables ocho) a la firma CUERO DE FOCA S.R.L., RUT. 218866180015, responsable del establecimiento, sito en la calle Coronel Mora Nº 549, con mismo domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 12 de Diciembre de 2022.-
 
        VISTO: los obrados relacionados con el toldo instalado en el establecimiento, sito en la calle Coronel Mora Nº 549, propiedad de la firma CUERO DE FOCA S.R.L., RUT. 218866180015, con mismo domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5 intimó al titular a que se retire los soportes en vereda del toldo ya que no cumple con la reglamentación vigente, otorgandose un plazo de 30 días, notificado el 14/V/2022;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 8, por infracción a lo dispuesto en Decreto Nro. 21.626 Secc II Articulo 3º, Num. 16, de acuerdo a lo establecido en Digesto Departamental, Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo. Libro II, instrumentos del Ámbito Dptal. Parte Legislativa, Título V, Cap. II, Sección IX, notificado el 31/VIII/2022;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 8 (Unidades Reajustables ocho) a la firma CUERO DE FOCA S.R.L., RUT. 218866180015, responsable del establecimiento, sito en la calle Coronel Mora Nº 549, con mismo domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.-
Matilde Antía,Alcaldesa.-

Álvaro Maynard,Concejal