Resolución N° 227/24/0114
Nro de Expediente:
2022-3250-98-000336.-
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
9/9/2024


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 6 (Unidades Reajustables seis) - 2da. Reincidencia- al Sr. CORREA VARELA DIEGO EDUARDO, CI.: 4.789.478-5, R.U.T. 218869030014; relacionadas con el local destinado a reventa de aberturas sito en Avda. Ramón Anador Nro. 3701, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 9 de Setiembre de 2024.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local destinado a reventa de aberturas, sito en la Avda. Ramón Anador Nro. 3701 propiedad del Sr. CORREA VARELA DIEGO EDUARDO, CI.: 4.789.478-5, R.U.T. 218869030014;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y las multas aplicadas (Resolución Nro. 191/23/0114 de fecha 05/VIII/2023 y Resolución Nro. 94/24/0114 de fecha 15/IV/2024 ) el sector inspectivo del CCZ Nº 4 con fecha 08/VI/2024 intima a presentar en el mencionado Servicio en un plazo de 2 meses los comprobantes de haber iniciado los trámites de la habilitación municipal (microemprendimiento) y habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, el día 20/VIII/2024 se notifica que se aplicará una multa de U.R. 6 (2da. reincidencia), por infracción a lo dispuesto por el Decreto Nro. 21.626, de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 6 (Unidades Reajustables seis) - 2da. Reincidencia- al Sr. CORREA VARELA DIEGO EDUARDO, CI.: 4.789.478-5, R.U.T. 218869030014; relacionadas con el local destinado a reventa de aberturas sito en Avda. Ramón Anador Nro. 3701, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 4.-
Matilde Antía,Alcaldesa.-

Álvaro Maynard,Concejal