Resolución N° 379/17/0114
Nro de Expediente:
2016-3260-98-000516
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
28/10/2017


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 15 (Unidades Reajustables quince) a la firma NIRETAL S.A., R.U.T. 217529260015 responsable del establecimiento destinado a restaurante, sito en la calle 26 de marzo Nro. 3303.-

Montevideo, 28 de Octubre de 2017.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a restaurante, sito en la calle 26 de marzo Nro. 3303, perteneciente a la firma NIRETAL S.A., R.U.T. 217529260015 con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos, a las multas aplicadas (Resolución No. 24/17/0114 de fecha 09/II/2017) y a las intimaciones efectuadas, en una nueva inspección de fecha 01/VI/2017 se pudo constatar que no se ha procedido a levantar las observaciones constatadas en inspecciones de fechas 29/IV/2016, por lo que correspondería la aplicación de una multa de U.R. 15 (por contumacia) al titular de obrados, de acuerdo a lo establecido en la Sección XIII, Artículo 14 del Decreto No. 21.626;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL CONCEJO DEL MUNICIPIO CH
      RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 15 (Unidades Reajustables quince) a la firma NIRETAL S.A., R.U.T. 217529260015 responsable del establecimiento destinado a restaurante, sito en la calle 26 de marzo Nro. 3303 con igual a los efectos legales por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal