Resolución N° 296/17/0114
Nro de Expediente:
2016-3260-98-000332
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
14/8/2017


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Dejar sin efecto la Resolución No. 149/17/0114 de fecha 15/V/2017 donde se aplica una multa de U.R. 6 ( Unidades Reajustables seis) a la empresa unipersonal ETCHEVERRY BARREDA, CYRO ENRIQUE, CI.: 1.434.859-1, R.U.T. 214365590013 con domicilio a los efectos legales en la calle Scosería Nro. 2754.-

Montevideo, 14 de Agosto de 2017.-
 
        VISTO: que por Resolución No. 149/17/0114 de fecha 15/V/2017 se aplica una multa de U.R. 6 a la empresa unipersonal ETCHEVERRY BARREDA, CYRO ENRIQUE, CI.: 1.434.859-1, R.U.T. 214365590013 con domicilio a los efectos legales en la calle Scosería Nro. 2754;
        RESULTANDO: 1o.) que el día 15/VI/2017 se presenta documentación y carta solicitando dejar sin efecto la multa aplicada ya que el local había iniciado los trámites de la habilitación solicitada;
        2o.) que en el informe de fecha 20/VII/2017 del Abogado Asesor entiende que se podría dejar sin efecto la aplicación de multa, dejando a criterio del Gobierno Municipal dicha opción;
        3o.) que el Concejo Municipal reunido en su sesión ordinaria de fecha 02/VIII/2017 resuelve por unanimidad dejar sin efecto la resolución de obrados;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Dejar sin efecto la Resolución No. 149/17/0114 de fecha 15/V/2017 donde se aplica una multa de U.R. 6 ( Unidades Reajustables seis) a la empresa unipersonal ETCHEVERRY BARREDA, CYRO ENRIQUE, CI.: 1.434.859-1, R.U.T. 214365590013 con domicilio a los efectos legales en la calle Scosería Nro. 2754, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Notifíquese a los interesados y pase al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5 para continuar con las actuaciones.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal