Resolución N° 12/25/0114
Nro de Expediente:
2023-3260-98-000617
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
23/1/2025


Tema:
CLAUSURA PREVENTIVA

Resumen:
Solicitar la clausura en forma preventiva del local destinado a minimarket sito en Plácido Ellauri Nro. 3356 propiedad del Sr. Nicolás Maximiliano Alvarez Alfonso, C.I.: 4.568.164-3, R.U.T.: 219432020016; por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución y también solicitar al Servicio Central de Inspección General que al hacer efectiva la clausura, notifique al interesado, que una vez que hayan cesado las causas que la originaron podrán solicitar la reapertura del local, el que no deberá ponerse en funcionamiento hasta que se dicte resolución rehabilitándolo, bajo apercibimiento de la aplicación de más severas sanciones.-

Montevideo, 23 de Enero de 2025.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local destinado a minimarket, sito en Plácido Ellauri Nro. 3356 , propiedad del Sr. Nicolás Maximiliano Alvarez Alfonso, C.I.: 4.568.164-3, R.U.T.: 219432020016;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las multas aplicadas (Resolución Nro. 167/24/0114 de fecha 16/VII/2024, Res. Nro. 48/24/0114 de fecha 26/II/2024 y Res. Nro. 297/23/0114 de fecha 23/X/2023), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local;
        2o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5 informa que pese a las actuaciones realizadas y las reiteradas intimaciones, no se han presentado las habilitaciones correspondientes (Locales Comerciales, Regulación Alimentaria) y Habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos por lo que se sugiere solicitar la clausura preventiva notificando con fecha 17/XII/2024 que se promoverá la clausura preventiva del local;
        3o.) que el Gobierno Municipal en su sesión ordinaria de fecha 22/I/2025 solicita formalizar la clausura preventiva del mencionado local, por carecer de las habilitaciones correspondientes;
        CONSIDERANDO: que por Resolución N° 3078/10 de fecha 12/7/10, se delegó en el Secretario General la facultad de clausurar locales cuando se constaten infracciones a la normativa que regula su funcionamiento;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Solicitar la clausura en forma preventiva del local destinado a minimarket sito en Plácido Ellauri Nro. 3356 propiedad del Sr. Nicolás Maximiliano Alvarez Alfonso, C.I.: 4.568.164-3, R.U.T.: 219432020016; por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución y también solicitar al Servicio Central de Inspección General que al hacer efectiva la clausura, notifique al interesado, que una vez que hayan cesado las causas que la originaron podrán solicitar la reapertura del local, el que no deberá ponerse en funcionamiento hasta que se dicte resolución rehabilitándolo, bajo apercibimiento de la aplicación de más severas sanciones.-
      2.-Comuníquese al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5 y pase al Departamento de Secretaría General a sus efectos.-
Matilde Antia,Alcaldesa.-

Álvaro Maynard,Concejal