Resolución N° 26/20/0114
Nro de Expediente:
2019-0014-98-000123
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
28/1/2020


Tema:
VEREDAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 3 (Unidades Reajustables tres) al Sr. Luciano RODRÍGUEZ PIÑEYRÚA y Sra. Patricia Renata SANGUINETTI, CI.: 1.909.695-1 y 1.755.734-3 respectivamente, responsables de la vereda frente a la finca sita en la calle Bonpland Nro. 634 Padrón No. 124.680

Montevideo, 28 de Enero de 2020.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la vereda frente a la finca sita en la calle Bonpland Nro. 634 Padrón Nro. 124.680, de la cual es responsable el Sr. Luciano RODRÍGUEZ PIÑEYRÚA y la Sra. Patricia Renata SANGUINETTI, CI.: 1.909.695-1 y 1.755.734-3 respectivamente, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Inspección del Municipio CH en la inspección realizada el día 16/III/2019 se constata la falta de mantenimiento en retiro y se intima a los responsables a realizar el mantenimiento necesario otorgándoles 48 (cuarenta y ocho) horas de plazos para su cumplimiento;
        2o.) que constatado que la vereda permanece sin mantenimiento adecuado el día 08/VII/2019 se notifica a los interesados que se aplicara la sanción correspondiente;
        3o.) que por lo expuesto se informa que la sanción que corresponde aplicar es de U.R. 3 según lo establecido en el Decreto 23372/14001 Falta de Limpieza y/o yuyos en aceras (Art 6, inc 16) (D 25437);
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 3 (Unidades Reajustables tres) al Sr. Luciano RODRÍGUEZ PIÑEYRÚA y Sra. Patricia Renata SANGUINETTI, CI.: 1.909.695-1 y 1.755.734-3 respectivamente, responsables de la vereda frente a la finca sita en la calle Bonpland Nro. 634 Padrón No. 124.680, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor.-
Santiago Borsari,Alcalde (I).-

Alvaro Maynard,Concejal