Resolución N° 4/11/0114
Nro de Expediente:
3250-004723-99
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
4/2/2011


Tema:
MULTA POR MARQUESINA

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 8,1625 (Unidades Reajustables ocho con mil seiscientas veinticinco diezmilésimas) a el Montevideo Refrescos S.A., R.U.T. 210003070018, responsable de la marquesina instalada en el establecimiento sito en Avenida Centenario No. 2909, con domicilio a los efectos legales en Camino Carrasco No. 6173

Montevideo, 4 de Febrero de 2011.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la marquesina instalada en el establecimiento sito en Avenida Centenario No. 2909, de la cual es responsable la firma Montevideo Refrescos S.A., R.U.T. 210003070018, con domicilio a los efectos legales en Camino Carrasco No. 6173;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 4 intimó a la titular, a que se ajustara a las normativas vigentes de salientes desmontables (marquesina), bajo apercibimiento que en caso de omisión se aplicaría una multa de U.R. 8,1625, según lo que establece la Sección II, Artículo 3o., Numeral 16 del Decreto No. 21.626;
        2o.) que, al no haberse dado cumplimiento, pese al tiempo transcurrido y al plazo concedido, la mencionada dependencia sugiere la aplicación de la sanción de referencia;
        CONSIDERANDO: 1o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 8,1625 (Unidades Reajustables ocho con mil seiscientas veinticinco diezmilésimas) a la firma Montevideo Refrescos S.A., R.U.T. 210003070018, responsable de la marquesina instalada en el establecimiento sito en Avenida Centenario No. 2909, con domicilio a los efectos legales en Camino Carrasco No. 6173 , por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 4.-
Luis Luján,Alcalde.-

Hugo Medici,Concejal