Resolución N° 252/18/0114
Nro de Expediente:
2016-3250-98-000386
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
17/10/2018


Tema:
CLAUSURA PREVENTIVA

Resumen:
Solicitar la clausura en forma preventiva del local destinado a lavadero de autos sito en la calle José Leguizamon Nro. 3730 bis propiedad de la empresa LAVAWHASH S.A., R.U.T. 217836160018.-

Montevideo, 17 de Octubre de 2018.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local destinado a lavadero de autos sito en la calle José Leguizamon Nro. 3730 bis propiedad de la empresa LAVAWHASH S.A., R.U.T. 217836160018, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las multas aplicadas (Resolución No. 31/17/0114 de fecha 09/II/2017, Resolución No. 258/17/0114 de fecha 15/VII/2017 y Resolución Nro. 427/17/0114 de fecha 11/XII/2018), habiéndose realizado una nueva intimación por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 4 con fecha 09/IV/2018, se pudo comprobar que carecía de las habilitaciones municipales (Locales Comerciales) y de la Dirección Nacional de Bomberos;
        2o.) que el día 26/IV/2018, el Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 4 informa que pese a las actuaciones realizadas y las reiteradas intimaciones, no se han presentado las habilitaciones correspondientes por lo que se sugiere evaluar solicitar la clausura preventiva;
        3o.) que el Gobierno Municipal en su sesión oridnaria Nro. 128 de fecha 26/IX/2018 solicita formalizar la clausura preventiva del mencionado local, por carecer de las habilitaciones correspondientes, no obstante las gestiones realizadas (intimaciones, multas)
        CONSIDERANDO: 1o.) que por Resolución N° 3078/10, de 12/7/10, se delegó en el Secretario General la facultad de clausurar locales cuando se constaten infracciones a la normativa que regula su funcionamiento;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Solicitar la clausura en forma preventiva del local destinado a lavadero de autos sito en la calle José Leguizamon Nro. 3730 bis propiedad de la empresa LAVAWHASH S.A., R.U.T. 217836160018, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución y también solicitar al Servicio Central de Inspección General que al hacer efectiva la clausura, notifique al interesado, que una vez que hayan cesado las causas que la originaron podrán solicitar la reapertura del local, el que no deberá ponerse en funcionamiento hasta que se dicte resolución rehabilitándolo, bajo apercibimiento de la aplicación de más severas sanciones.-
      2.-Comuníquese al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 4 y pase al Departamento de Secretaría General a sus efectos.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal