Resolución N° 4/23/0114
Nro de Expediente:
2021-3260-98-000081
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
20/1/2023


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 15 (Unidades Reajustables quince) a la firma GALEANO LEONARDO JAVIER Y LOPEZ CABRERA DAYANA JANNET, C.I: 4.222.023-6 Y 4.129.466-8, R.U.T. 210385170017, responsable del establecimiento sito en la calle Simón Bolivar Nro. 1156

Montevideo, 20 de Enero de 2023.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a recarga de supergas, sito en la Avda. Luis A. de Herrera Nro. 1575, perteneciente a la Firma GALEANO LEONARDO JAVIER Y LOPEZ CABRERA DAYANA JANNET, C.I: 4.222.023-6 Y 4.129.466-8, R.U.T. 210385170017, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) en inspección técnica de fecha 10/III/2021 se constata que los planos no se ajustan a la realidad, notificando con fecha 22/IV/2021 se otorgan 30 (treinta) días de plazo que en caso de incumplimiento dará lugar a la aplicación de la multa de referencia;
        2o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5 informa que, pese a la intimación efectuada, no se ha procedido a presentar los gráficos solicitados, por lo que correspondería la aplicación de una multa de U.R. 15 al titular de obrados, de acuerdo a lo establecido en el Decreto 21.626, Sec.XIII, Art. 14, Inc. A, Num 1, notificado con fecha 15/VI/2021;
        3o.) que el día 16/VI/2021 se recibe correo de la parte interesada solicitando plazo de 180 días, los cuales fueron otorgados según lo notificado con fecha 17/VI/2021;
        4o.) que en una nueva inspección técnica de fecha 16/XI/2022 se constata que la situación permanece incambiada, por lo que se sugiere aplicar la sanción notificada;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 15 (Unidades Reajustables quince) a la firma GALEANO LEONARDO JAVIER Y LOPEZ CABRERA DAYANA JANNET, C.I: 4.222.023-6 Y 4.129.466-8, R.U.T. 210385170017, responsable del establecimiento sito en la Avda. Luis A. de Herrera Nro. 1575, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.-
Matilde Antía,Alcaldesa.-

Álvaro Maynard,Concejal