Resolución N° 46/22/0114
Nro de Expediente:
2021-3250-98-000250
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
23/3/2022


Tema:
CLAUSURA PREVENTIVA

Resumen:
Solicitar la clausura en forma preventiva del local destinado a restaurante, sito en la calle Ayacucho Nro. 3191 propiedad de la firma Vilanova Piñon Martina y Piñon Borras Fabiana, C.I: 4.179.544-6 (Martina Vilanova), R.U.T. 218392560017

Montevideo, 23 de Marzo de 2022.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local destinado a restaurante, sito en la calle Ayacucho Nro. 3191 propiedad de la firma Vilanova Piñon Martina y Piñon Borras Fabiana, C.I: 4.179.544-6 (Martina Vilanova), R.U.T. 218392560017, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 4 informa que pese a las actuaciones realizadas y las reiteradas intimaciones, no se han presentado las habilitaciones correspondientes (Locales Comerciales, Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, y Regulación Alimentaria) y habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos, por lo que se sugiere evaluar solicitar la clausura preventiva;
        3o.) que el Gobierno Municipal en su sesión ordinaria de fecha 17/III/2022 solicita formalizar la clausura preventiva del mencionado local, por carecer de las habilitaciones correspondientes, notificando con fecha 31/I/2022 que se promoverá la clausura preventiva del local;
        CONSIDERANDO: que por Resolución N° 3078/10 de fecha 12/7/10, se delegó en el Secretario General la facultad de clausurar locales cuando se constaten infracciones a la normativa que regula su
        funcionamiento;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Solicitar la clausura en forma preventiva del local destinado a restaurante, sito en la calle Ayacucho Nro. 3191 propiedad de la firma Vilanova Piñon Martina y Piñon Borras Fabiana, C.I: 4.179.544-6 (Martina Vilanova), R.U.T. 218392560017, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución y también solicitar al Servicio Central de Inspección General que al hacer efectiva la clausura, notifique al interesado, que una vez que hayan cesado las causas que la originaron podrán solicitar la reapertura del local, el que no deberá ponerse en funcionamiento hasta que se dicte resolución rehabilitándolo, bajo apercibimiento de la aplicación de más severas sanciones.-
      2.-Comuníquese al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 4 y pase al Departamento de Secretaría General a sus efectos.-
Matilde Antía,Alcaldesa.-

Alvaro Maynard,Concejal