Resolución N° 363/16/0114
Nro de Expediente:
3260-014785-15 / 2016-3260-98-000070
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
5/10/2016


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20 (Unidades Reajustables veinte) a los copropietarios del padrón No. 29806 de Gral. J. E. Brito del Pino Nº 1184.-

Montevideo, 5 de Octubre de 2016.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca, sita en la calle Gral. J. E. Brito del Pino Nº 1184;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 5, intimó el día 28/X/2015 a los titulares de obrados, a realizar los trabajos necesarios para evitar el pasaje de filtraciones y humedades a la finca sita en la Avda. Brasil 2560, dándose un plazo de 30 (treinta) días, bajo apercibimiento que en caso de omisión se aplicaría una multa de U.R. 20, según lo establece la Sección II, Artículo 3o., Numeral 12, Inciso A del Decreto No. 21626;
        2o.) que en una nueva inspección realizada el día 07/IV/2016 se informa que la situación permanece incambiada y se notificó a los copropietarios, que por no haber realizado las reparaciones necesarias para solucionar lo denunciado se aplicará una sanción de U.R. 20; CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;

        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;


        EL GOBIERNO MUNICIPAL CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 20 (Unidades Reajustables veinte) a los copropietarios del padrón No. 29806 de Gral. J. E. Brito del Pino Nº 1184 de los cuales se identificaron:
          NOMBRE PROPIETARIO RUT // CI APTO.
          Jorge Carlos De Cerqueira Leite 5.194.191-4 001
          Patricia Andrea Burzaco González 4.294.883-0 002
          Nora Adriana Blanco Rodríguez 1.265.819-0 003
          Silvia Ivonne Perfilio González 2.505.349-0 004

          por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución sin prejuicio de lo establece la Sección II, Artículo 3o., Numeral 12, Inciso A del Decreto No. 21626.-
        2.-Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5.-
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal