Resolución N° 82/24/0115
Nro de Expediente:
2022-3330-98-000093
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
8/5/2024


Tema:
VARIOS

Resumen:
Modificar el Resultando 2º y el Considerando 1º de la Resolución 191/23/0115 de fecha 17 de abril del 2024;

Montevideo, 8 de Mayo de 2024.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el inmueble sito en la calle Juan Arteaga Nº 4117, Apto. Planta Alta Frente, empadronado con el Nº 131.954;
        RESULTANDO: 1º) que el 27 de setiembre 2023 se dictó Resolución sancionatoria Nº 191/23/0115 donde se aplicó una multa de 20 U.R. por infracción, según lo que establece la Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso A) del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84 (Régimen Punitivo), actualizado por Resolución 2287/13 del 3 de junio de 2013, al Sr. Pedro Ramón Gómez Varela, propietario del inmueble sito en la calle Juan Arteaga Nº 4117, Apto. Planta Alta Frente, empadronado con el Nº 131.954, con igual domicilio a los efectos legales, por no realizar las reparaciones necesarias en la precitada finca, a los efectos de eliminar las humedades y filtraciones de agua hacia los espacios habitables del inmueble sito en la calle Juan Arteaga Nº 4117, Apto. Planta Baja Frente;
        2º) que el 17 de abril de 2024 se modificó Resolución Nº 191/23/0115;
        3º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 informa que: a) se detectan errores en Resolución 191/23/0115 de fecha 17 de abril del 2024 y b) en Resultando 2º) donde dice "pese a los plazos concedidos no se obtuvo las habilitaciones Municipales, que autoricen el funcionamiento del referido local, a tales efectos, con fecha 10 de mayo de 2023 se dictó Resolución sancionatoria Nº 71/23/0115 donde se aplicó una multa de 10 U.R. por infracción al Art. 14, inc. a), numeral 1, de la Sección XIII del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84 (Régimen Punitivo), actualizado por Resolución 2287/13 del 3 de junio de 2013, que fue notificada el 21 de noviembre del 2022;" se debe eliminar y en el considerando 1º) donde dice Resolución 71/23/0115 de fecha 10/V/2023 debe decir Resolución 191/23/0115 de fecha 27/09/2023;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal, por unanimidad entiende que corresponde modificar la Resolución Nº 191/23/0115 de fecha 17 de abril del 2024 en el sentido indicado;
        2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Modificar el Resultando 2º y el Considerando 1º de la Resolución Nº 191/23/0115 de fecha 17 de abril del 2024 y establecer que en el Resultando 2º se elimina el párrafo "pese a los plazos concedidos no se obtuvo las habilitaciones Municipales, que autoricen el funcionamiento del referido local, a tales efectos, con fecha 10 de mayo de 2023 se dictó Resolución sancionatoria Nº 71/23/0115 donde se aplicó una multa de 10 U.R. por infracción al Art. 14, inc. a), numeral 1, de la Sección XIII del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84 (Régimen Punitivo), actualizado por Resolución 2287/13 del 3 de junio de 2013, que fue notificada el 21 de noviembre del 2022;" y en el considerando 1º la resolución a dejar sin efecto es la Resolución Nº 191/23/0115 de fecha 17 de abril del 2024, manteniendo en un todo los restantes términos del citado acto administrativo.-
        2º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 a sus efectos.-
GABRIEL VELAZCO,Alcalde.-

DIEGO RODRÍGUEZ ,Concejal Municipal