Resolución N° 167/23/0115
Nro de Expediente:
2022-3320-98-000098
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
30/8/2023


Tema:
MULTA FALTA DE HABILITACION

Resumen:
Aplicar una multa de 13 U.R (3er Reincidencia) y propiciar la clausura en forma preventiva del local destinado a fruta y verdura sito en el Cno. Domingo Arena Nº 4196.-

Montevideo, 30 de Agosto de 2023.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con el establecimiento destinado a fruta y verdura, sito en el Cno. Domingo Arena Nº 4196, propiedad del Sr. Julio Etchevarría Meneses, C.I. 3.268.340-2;
        RESULTANDO: 1º) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las multas aplicadas por Resoluciones Nºs. 94/22/0115 del 21/IX/2022 y 21/23/0115 del 25/I/2023, no ha obtenido la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local;
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 10 informa que el interesado no generó el trámite de habilitación exigido y no presentó notas de descargo, por lo que se sugiere la aplicación de una multa de 13 U.R., por infracción al Art. 14, inc. a), numeral 1, Sección XIII y los Arts. 21 y 22 del Decreto No. 21.626 del 23/IV/84 (Régimen Punitivo), actualizado por Resolución 2287/13 del 3 de junio de 2013 (3er Reincidencia) y será solicitada la clausura preventiva del establecimiento;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal por unanimidad entiende que corresponde la aplicación de la multa y solicita formalizar la clausura preventiva del mencionado local, por carecer de las habilitaciones correspondientes;
        2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 13 U.R (trece unidades reajustables) al Sr. Julio Etchevarría Meneses, C.I. 3.268.340-2, propietario del establecimiento destinado a fruta y verdura sito en el Cno. Domingo Arena Nº 4196, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Propiciar la clausura en forma preventiva del local destinado a fruta y verdura sito en el Cno. Domingo Arena Nº 4196 y solicitar al Servicio de Convivencia Departamental que al hacer efectiva la clausura, notifique al interesado, que una vez que hayan cesado las causas que la originaron podrán solicitar la reapertura del local, el que no deberá ponerse en funcionamiento hasta que se dicte resolución rehabilitándolo.-
        3º.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        4º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11, para la notificación a la infractora y librar el testimonio correspondiente.-
GABRIEL VELAZCO,Alcalde.-

ANA LUISA FLEITAS,Concejal Municipal