Resolución N° 203/24/0115
Nro de Expediente:
2023-3320-98-000333
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
11/12/2024


Tema:
MULTA

Resumen:
Aplicar una multa de 1 U.R (una unidad reajustable) por falta de limpieza en acera y calzada del predio empadronado con el Nº 89864, sito en el Camino Capitán Mateo Tula Dufort entre Agustín Vera y Antonio Teodoro Caravia, propiedad de Club Sportivo Cerrito., RUT 2153220260012, domiciliado en la calle Juan Rosas Nº 3815 a los efectos legales.-

Montevideo, 11 de Diciembre de 2024.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el predio empadronado con el Nº 89864, propiedad del Club Sportivo Cerrito RUT 215320260012, sito en el Camino Capitán Mateo Tula Dufort entre Agustín Vera y Antonio Teodoro Caravia;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal N° 10, solicitó en reiteradas oportunidades al titular del bien a realizar la limpieza y mantenimiento de la acera y la calzada del predio empadronado con el Nº 89864;
        2º) que ante el incumplimiento de las sucesivas intimaciones realizadas y a los plazos otorgados se sugiere, la aplicación de una multa de 1 U.R., según lo que establece la Sección III, Artículo 4º, Numeral 16 del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84 (Régimen Punitivo), actualizado por Resolución 2287/13 del 3 de junio de 2013 ;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal por unanimidad entiende que corresponde la aplicación de la multa;
        2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las
        competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.-Aplicar una multa de 1 U.R (una unidad reajustable) por falta de limpieza en acera y calzada del predio empadronado con el Nº 89864, sito en el Camino Capitán Mateo Tula Dufort entre Agustín Vera y Antonio Teodoro Caravia, propiedad de Club Sportivo Cerrito., RUT 2153220260012, domiciliado en la calle Juan Rosas Nº 3815 a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 10 para la notificación al infractor y librar el testimonio correspondiente.-
GABRIEL VELAZCO,Alcalde.-

ANA LUISA FLEITAS,Concejal Municipal