Resolución N° 79/11/0115
Nro de Expediente:
0015-003432-11
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
5/10/2011


Tema:
VARIOS

Resumen:
Dejar sin efecto el numeral 2º de la Resolución Nº 10/11/0115 del 9/III/11 y la Resolución Nº 76/11/0115 del 28/IX/11, aplicar una sanción de apercibimiento al funcionario Sr. Julio Ramos, C.I. Nº 1:593.564, perteneciente al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11.-

Montevideo, 5 de Octubre de 2011.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con el funcionario Sr. Julio Ramos, C.I. Nº 1:593.564, perteneciente al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 10/11/0115 del 9/III/11 se aplicó 5 días de suspensión, al funcionario Arqto. Jorge Morán, C.I. Nº 1:849.970, por realizar tareas particulares dentro de su horario laboral, no registrando salida autorizada en el reloj de marcas, haciéndolo únicamente en cuaderno y se aplicó 2 días de suspensión, al funcionario Sr. Julio Ramos, por ingresar la hora permiso posteriormente;
        2º) que el Arqto. Jorge Morán, presento recurso de reposición y apelación en subsidio contra la sanción impuesta, desestimando lo resuelto por el Gobierno Municipal, por Resolución Nº 42/11/0115 del 8/VI/11, el mencionado recurso;
        3º) que la Asesoría Jurídica elevó las actuaciones a la Sra. Intendenta, la que por Resolución Nº 4351/11 del 19/IX/11, no hizo lugar al recurso de apelación interpuesto y estableció bajar la sanción aplicada, a tres días de suspensión al citado Arquitecto;
        4º) que por Resolución Nº 76/11/0115 del 28/IX/11, el Gobierno Municipal resuelve dejar sin efecto el numeral 2º de la Resolución Nº 10/11/0115 del 9/III/11, considerando que si bien el funcionario Sr. Julio Ramos no presentó recurso contra la resolución de este Gobierno, en virtud de que la sanción al Arqto. Jorge Morán, fue reducida de 5 a 3 días por considerar su actuación falta leve, bajar la sanción de 2 días de suspensión a una de apercibimiento al funcionario Sr. Julio Ramos;
        5º) que por nota presentada por la Concejala Carolina Murphy, expresa en la misma que no le corresponde firmar el Acta Nº 27 del 28/IX/11 y por ende la Resolución Nº 76/11/0115 de igual fecha;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal entiende que corresponde dejar sin efecto la Resolución Nº 76/11/0115 del 28/IX/11, ya que el sistema GESRESMUN, no permite hacer modificación de ninguna especie a la citada resolución;
        2º) que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo
        estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Dejar sin efecto el numeral 2º de la Resolución Nº 10/11/0115 del 9/III/11 y la Resolución Nº 76/11/0115 del 28/IX/11, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Aplicar una sanción de apercibimiento al funcionario Sr. Julio Ramos, C.I. Nº 1:593.564, perteneciente al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        3º.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11, para la notificación al interesado y demás efectos.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

CLAUDIO VAZQUEZ,Concejal Municipal