Resolución N° 147/25/0115
Nro de Expediente:
2023-3330-98-000223
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
17/9/2025


Tema:
MULTA

Resumen:
Aplicar una multa de 2 U.R al Sr Ruben Jorge Vega Feijo, C.I 1.454.973-7, con domicilio en la calle Manuel Meléndez Nº 4093 unidad 002, por falta de higiene.-

Montevideo, 17 de Setiembre de 2025.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con la finca sito en la calle Manuel Meléndez Nº 4093 unidad 002, padrón Nº 76575;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Escribanía informa que la titularidad registral de la unidad 002 del padrón Nº 76575 es el Sr Ruben Jorge Vega Feijo, C.I 1.454.973-7, casado con María Caban Perez, forma de adquisición compraventa de fecha 22/08/1992;
        2º) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos no dio cumplimiento a realizar la limpieza total y permanente del predio empadronado con el Nº 76575;
        3º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11, sin que se haya cumplido con lo solicitado y ante el incumplimiento de lo intimado se sugiere, la aplicación de una multa de 2 U.R., según lo que establece el Art. 4, Literal b, numeral 5 del Decreto Nº 21.626, del 23/IV/84 (Régimen Punitivo), actualizado por Resolución 2287/13 del 3 de junio de 2013;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal por unanimidad entiende que corresponde la aplicación de la multa;
        2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 2 U.R (dos unidad reajustable) al Sr Ruben Jorge Vega Feijo, C.I 1.454.973-7, con domicilio en la calle Manuel Meléndez Nº 4093 unidad 002, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase por su orden al Sector Despacho, cumplido, pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 para la notificación al infractor y librar el testimonio correspondiente.
GABRIEL VELAZCO,Alcalde.-

GERMAN VELAZQUEZ ,Concejal Municipal