Resolución N° 99/13/0115
Nro de Expediente:
0015-004539-12
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
2/10/2013


Tema:
MULTA

Resumen:
Aplicar una multa de 14,8410 U.R. al Sr. Jorge Fabeiro, C.I. Nº 3.119.877/7, propietario de la finca sita en la Avda. República de Corea Nº 3361, por cercos de reja antirreglamentarios.-

Montevideo, 2 de Octubre de 2013.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la denuncia presentada por el Sr. Francisco Castillo, con domicilio en la Avda. República de Corea Nº 2982;
        RESULTANDO: 1º) que el Sr. Francisco Castillo denuncia a fs. 1 de estas actuaciones la construcción de un cerco de rejas en la finca lindera a su propiedad, sita en la Avda. República de Corea Nº 3361, Padrón Nº 154932, lo que le trae aparejado una situación de inseguridad ya que su propiedad se encuentra en planta alta y dicho cerco en la practica se ha constituido en una escalera hacia el balcón de su propiedad;
        2º) que el Área de Arquitectura y Urbanismo del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 informa que los cercos no cumplen con la normativa vigente y pese a los plazos concedidos para su regularización, la situación permanece incambiada, por lo que corresponde la aplicación de una multa de 14,8410 U.R., según lo que establece la Sección II, Artículo 13º, Numeral 7 del Decreto Nº 21.626;
        CONSIDERANDO: que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 14,8410 U.R. (catorce unidades reajustables con ocho mil cuatrocientas diez diez diezmilésimas) al Sr. Jorge Fabeiro, C.I. Nº 3.119.877/7, propietario de la finca sita en la Avda. República de Corea Nº 3361, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 para la notificación al infractor y librar el testimonio correspondiente.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

DANIEL FAGUNDEZ,Concejal Municipal