Resolución N° 73/24/0115
Nro de Expediente:
2022-3330-98-000093
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
17/4/2024


Tema:
VARIOS

Resumen:
Dejar sin efecto la Resolución 191/23/0115 de fecha 27/09/2023, por falta de documento de identidad del Sr Pedro Ramón Gómez Varela.-

Montevideo, 17 de Abril de 2024.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el inmueble sito en la calle Juan Arteaga Nº 4117, Apto. Planta Alta Frente, empadronado con el Nº 131.954;
        RESULTANDO: 1º) que el 27 de setiembre 2023 se dictó Resolución sancionatoria Nº 191/23/0115 donde se aplicó una multa de 20 U.R. por infracción, según lo que establece la Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso A) del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84 (Régimen Punitivo), actualizado por Resolución 2287/13 del 3 de junio de 2013, al Sr. Pedro Ramón Gómez Varela, propietario del inmueble sito en la calle Juan Arteaga Nº 4117, Apto. Planta Alta Frente, empadronado con el Nº 131.954, con igual domicilio a los efectos legales, por no realizar las reparaciones necesarias en la precitada finca, a los efectos de eliminar las humedades y filtraciones de agua hacia los espacios habitables del inmueble sito en la calle Juan Arteaga Nº 4117, Apto. Planta Baja Frente;
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 informa que: a) que se desconoce el documento de identidad del Sr. Pedro Ramón Gómez Varela imposibilitando aplicar sanción , b) que se solicita a la Dirección General de Identificación Civil, abonando previamente una tasa, los datos del Sr Pedro Ramón Gómez Varela sin datos que aportar y c) a tales efectos se sugiere dejar sin efecto la Resolución Nº 191/23/0115 de fecha 27/09/2023;

        pese a los plazos concedidos no se obtuvo las habilitaciones Municipales, que autoricen el funcionamiento del referido local, a tales efectos, con fecha 10 de mayo de 2023 se dictó Resolución sancionatoria Nº 71/23/0115 donde se aplicó una multa de 10 U.R. por infracción al Art. 14, inc. a), numeral 1, de la Sección XIII del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84 (Régimen Punitivo), actualizado por Resolución 2287/13 del 3 de junio de 2013, que fue notificada el 21 de noviembre del 2022;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal por unanimidad entiende que corresponde dejar sin efecto la Resolución 71/23/0115 de fecha 10/V/2023;
        2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Dejar sin efecto la Resolución 191/23/0115 de fecha 27/09/2023, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 a sus efectos.-
GABRIEL VELAZCO,Alcalde.-

HECTOR VIDAL,Concejal Municipal