Resolución N° 39/15/0115
Nro de Expediente:
3330-010004-10
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
11/3/2015


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de 5 U.R. y otra de 5 U.R., a la Sra. Andrea Karina López Corbo, R.U.T. 21 657650 0010, propietaria del establecimiento destinado a almacén y puesto de frutas y verduras, sito en la calle León Pérez Nº 3598, por falta de habilitación y de la Dirección Nacional de Bomberos.-

Montevideo, 11 de Marzo de 2015.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a almacén y puesto de frutas y verduras, sito en la calle León Pérez Nº 3598, propiedad de la Sra. Andrea Karina López Corbo, R.U.T. 21 657650 0010;
        RESULTANDO: 1º) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos, no se ha procedido a presentar las habilitaciones municipales y de la Dirección Nacional de Bomberos, que autoriceN el funcionamiento del referido local;
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 sugiere la aplicación de una multa de 5 U.R. y otra de 5 U.R., por infracción al Art. 14, inc. a), numeral 1, Sección XIII del Decreto No. 21.626 del 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 5 U.R. (cinco unidades reajustables) y otra de 5 U.R (cinco unidades reajustables) a la Sra. Andrea Karina López Corbo, R.U.T. 21 657650 0010, propietaria del establecimiento destinado a almacén y puesto de frutas y verduras, sito en la calle León Pérez Nº 3598, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11.-
ALVARO PEDRAJA,Alcalde.-

MARÍA ELISA MOYANO,Concejal Municipal