Resolución N° 92/14/0115
Nro de Expediente:
0015-001230-14
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
16/7/2014


Tema:
MULTA

Resumen:
Aplicar una multa de 2 U.R a ARCHIDOC LTDA., R.U.T. 21 275283 001, con domicilio en LA Avda. Gral. Flores Nº 2263, por deshecho de biblioratos en la calle Río Guayas y Rancagua.-

Montevideo, 16 de Julio de 2014.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con el deshecho de biblioratos en la calle Río Guayas y Rancagua;
        RESULTANDO: 1º) que por denuncia efectuada, se encontraba el camión Matrícula SBO-6699 en el precitado predio, de acuerdo a las fotografías que lucen de fojas 2 a fs. 3 de estas actuaciones;
        2º) que de acuerdo al Certificado de titularidad el vehículo de referencia pertenece a, ARCHIDOC LTDA., R.U.T. 21 275283 0011, con domicilio en LA Avda. Gral. Flores Nº 2263;
        3º) que corresponde aplicar una multa de U.R. 2 a la citada empresa, por infringir el Art. 4o., Lit. B), Num. 1o. del Decreto Departamental No. 21.626, de fecha 23 de abril de 1984 (Régimen Punitivo), actualizado por Resolución 2287/13 del 3 de junio de 2013 donde se establece: "Arrojar, verter o depositar en la vía pública, plazas, playas, parques, paseos y terrenos baldíos (estén o no cercados):, basuras, residuos, tierra, escombros y desperdicios de cualquier clase, salvo autorización municipal.......2 U.R. al máximo legal";
        4º) que con fecha 6 de mayo del presente año la empresa presenta descargos, solicitando la exoneración de la multa notificada;
        5º) que la Abogada Asesora de este Municipio, considera que no es de recibo los descargos presentados, por lo que sugiere la aplicación de la sanción notificada;
        CONSIDERANDO: que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 2 U.R (dos unidades reajustables) a ARCHIDOC LTDA., R.U.T. 21 275283 0011, con domicilio en la Avda. Gral. Flores Nº 2263, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Sector Despacho para la notificación a la infractora y librar el testimonio correspondiente.-
SANDRA NEDOV,Alcaldesa.-

CAROLINA MURPHY,Concejal Municipal