Resolución N° 87/15/0115
Nro de Expediente:
3330-019387-14
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
19/5/2015


Tema:
VARIOS

Resumen:
Dejar sin efecto la Resolución Nº 46/15/0115 del 25/III/15, multa de 20 U.R. Sra. Adriana Rivera Chwastiak, por no realizar las reparaciones necesarias para impedir filtraciones finca Juan Méndez Nº 3567 Apto. 2.-

Montevideo, 19 de Mayo de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle Juan Méndez Nº 3587 Apto. 2, empadronada con el Nº 99.741, propiedad de la Sra. Adriana Rivera Chwastiak, con domicilio a los efectos legales en la calle Norberto Ortiz Nº 3711;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 46/15/0115 del 25/III/15, se aplicó una multa de 20 U.R., por no realizar las reparaciones necesarias para impedir filtraciones hacia el interior de la vivienda y realizar las reparaciones en las instalaciones sanitarias del baño;
        2º) que con fecha 20 de abril del presente año se presenta la Sra. Adriana Rivera Chwastiak, solicitando reconsideración de la multa impuesta, dado que no fue notificada de la aplicación de la misma;
        3º) que la Abogada Asesora de este Municipio informa que: a) desde el punto de vista formal la gestión realizada debe considerarse un recurso de reposición contra la Resolución sancionatoria y dicho recurso fue interpuesto en tiempo y b) desde el punto de vista sustancial se ha demostrado que la notificación fue realizada en un buzón diferente al suyo, lo que demostraría que asiste razón a la recurrente y que la intimación no fue debidamente realizada y c) por lo que debería dejarse sin efecto la multa impuesta y devolver las presente actuaciones al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 a los efectos de verificar si la situación permanece o no incambiada;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal entiende conveniente proveer de conformidad a lo informado;
        2º) que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de
        Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 46/15/0115 del 25/III/15, por los motivos expuestos en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 a sus efectos.-
ALVARO PEDRAJA,Alcalde.-

DANIEL FAGUNDEZ,Concejal Municipal