Resolución N° 142/25/0115
Nro de Expediente:
2025-0015-98-000191
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
10/9/2025


Tema:
REITERAR

Resumen:
Reiterar el pago según pedido de convalidación Nº 5500001954 por un importe total de $ 935.323, a la Cooperativa Social Sol a Sol por los servicio de barrido prestados por el mes de julio de 2025;

Montevideo, 10 de Setiembre de 2025.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el pago de barrido a Cooperativa Social Sol a Sol correspondiente al mes de julio del 2025;
          RESULTANDO: 1º) que por Resolución 135/25/0115 de fecha 27 de agosto de 2025 se autorizó lo actuado y se autorizó el pago según pedido de convalidación Nº 5500001954 de $ 935.323 (noveciento trenta y cinco mil trescientos veintitrés pesos uruguayos), a la Cooperativa Social Sol a Sol por los servicio de barrido prestados por el mes de julio de 2025;
          2º) el Contador Delegado del TCR informa que el pedido de convalidación Nº 5500001954 es observable por contravenir lo dispuesto en el Art. 33º del Texto Ordenado de la Ley de Contabilidad y Administración Financiera del Estado (T.O.C.A.F.) Procedimiento, por un importe total de $ 935.323 (noveciento trenta y cinco mil trescientos veintitrés pesos uruguayos);
          3º) que debido al atraso de la adjundicación de la compra directa por excepción E176586 tramitada por exp. 2025-0015-98-000105, que corresponde al servicio de barrido por parte de la cooperativa Sol a Sol, se realiza el pedido de convalidación nº 5500001954;
          CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal se dispone comvalidar el gasto en el marco de lo dispuesto por el articulo 33º lit c del Texto Ordenado de la Ley de Contabilidad y Administración Financiera del Estado (T.O.C.A.F.)
          2º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
          EL GOBIERNO MUNICIPAL D
          RESUELVE:
          1º.- Reiterar el pago según pedido de convalidación Nº 5500001954 por un importe total de $ 935.323 (noveciento trenta y cinco mil trescientos veintitrés pesos uruguayos), a la Cooperativa Social Sol a Sol por los servicio de barrido prestados por el mes de julio de 2025;
          2º.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación y pase por su orden a la U.G.P. de este Municipio para controlar en sistemas, cumplido, pase al Sector Desapcho para remitirlo a la Contaduría General y dar continudad al trámite.-
GABRIEL VELAZCO,Alcalde.-

SANTIAGO ARBONDO ,Concejal Municipal

SUSANA RODINO ,Concejal Municipal (s)