Resolución N° 75/23/0115
Nro de Expediente:
2023-3330-98-000025
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
10/5/2023


Tema:
VARIOS

Resumen:
Denominar con el nombre "María Angélica Outeda" al edificio sede del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11.-

Montevideo, 10 de Mayo de 2023.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la iniciativa planteada por la Dirección del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11, para homenajear a la ex Directora María Angélica Outeda fallecida el 06 de diciembre del año 2019;
          RESULTANDO: 1º) que la Dirección del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11 solicita denominar "María Angélica Outeda" al espacio libre ubicado frente a local del servicio, o en su defecto, al edificio donde éste funciona, en homenaje a quien fue su Directora, jerarca dedicada y comprometida, además de compañera ejemplar quien falleciera el 6 de diciembre de 2019;
          2º) que la Unidad Administradora de los Bienes Inmuebles Departamentales informa que: a) los padrones Nºs 126638, 126639 y 126640 fueron adquiridos por la Intendencia con fecha 11/05/1954 y b) el espacio indicado al frente de la Avda. Gral Flores corresponde al futuro ensanche de esa avenida;
          3º) que el Sector de Proyecto de Alineaciones y Modificación Predial- Archivo Gráfico informa que: a) el proyecto de ensanche de la Avda. Gral. Flores, data de 1919, el fraccionamiento de los predios, surgen con el ensanche materializado, según plano de marzo de 1927, plano de un terreno propiedad del Ing. Juan Pitamiglio, b) los padrones Nºs 126638, 126639 y 126640 fueron adquiridos por la Intendencia con fecha 11/05/1954 y c) el 23 de febrero de 1962, el operador Jorge Oddone realizó un relevamiento de las edificaciones existente en los predio, en el cual se grafica el mercado;
          4º) que el Sector Proyectos de Alineaciones y Modificación Predial - Proyectos de Alineaciones - Inicio informa que a la fecha no se esta ejecutando ningun proyecto de modificaciones de alineaciones que involucre a los padrones Nºs 126638, 126639 y 126640;
          CONSIDERANDO: 1º) que la Abogada Asesora informa que: a) en relación a la primera propuesta corresponde señalar que la Ley Orgánica Nº 9.515, en su artículo 158 asigna competencia a la Junta Departamental para la determinación de la nomeclatura de calles, caminos, plazas y paseos, estableciendo en el numeral 31 que "... Para cambiar su nombre... y cuando se pretendiere dar nombre de personas, no podrá hacerse sin oir previamente al Intendente, y se requerirán dos tercios de votos", b) por su parte el Digesto Departamental, Volumen X "De los espacios públicos y de acceso público", en el Capítulo I.I "Denominación de calles y espacios públicos", Sección I "Homenaje a personas fallecidas, desaparecidas en forma forzada o involuntaria por razones políticas, o ausentes", Artículo D.2248.1. establece: "La Intendencia de Montevideo, se abstendrá de proponer y la Junta Departamental de Montevideo de aprobar, la inclusión de nombres de personas en el nomenclátor del Departamento, durante el término de diez años, contados a partir de la fecha de fallecimiento. No obstante, podrá admitirse para casos especialísimos -cuando se trate de personalidades de relevante sifnificación nacional e internacional, y por vía de rigurosa excepción- la reducción de diez años a cinco años del plazo de que se trata, con la conformidad de la Intendencia de Montevideoy la anuencia de la Junta Departamental de Montevideo, por dos tercios de votos.", c) existiría una primera limitación que estaría dada por el tiempo transcurrido desde el fallecimiento hasta la fecha, que no alcanza los diez años, para promover ante la Intendencia un proyecto de Decreto en el sentido propuesto, d) la segunda limitación estaría dada porque, de acuerdo con lo informado por las oficinas técnicas competentes, los predios de referencia se encuentran afectados por el ensanche de la Avda Gral Flores, proyecto que se encuentra en vigencia al día de la fecha y e) respecto a la segunda propuesta cabe señalar que la suscrita no ha encontrado normativa que establezca limitación alguna, por lo que el Gobierno Municipal D, estaría habilitado para dictar Resolución en tal sentido, designando con el nombe de María Angélica Outeda el edificio sede del Servicio Centro Comunal Zonal Nº11;
          2º) que el Gobierno Municipal en su sesión de fecha 03 de mayo de 2023, por unanimidad tomó conocimiento y avaló la denominación "María Angélica Outeda" al edificio sede del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11;
          3º) que por Decreto Nº 35.623 del 2 de julio de 2015 se ratificaron los Decretos Departamentales Nºs. 33.209, 33.322 y 33.409 del 17 de diciembre del 2009, 15 de abril del 2010 y 17 de junio de 2010 respectivamente, en lo que no contravenga lo establecido en la Ley Nº 19.272 del 18 de setiembre del 2014, donde se establecen las
          competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Denomínese con el nombre "María Angélica Outeda" al edificio sede del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Comuníquese a la Unidad de Comisiones, a los Servicios Centros Comunales Zonales Nºs 10 y 11 y pase a la División Asesoría y Desarrollo Municipal .-
GABRIEL VELAZCO,Alcalde.-

ANA LUISA FLEITAS,Concejal Municipal

DIEGO RODRIGUEZ (S),Concejal Municipal