Resolución N° 99/15/0115
Nro de Expediente:
3330-003764-14
 
MUNICIPIO D - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
3/6/2015


Tema:
VARIOS

Resumen:
Modificar el numeral 1º de la Resolución Nº 60/15/0115 del 8/IV/15.-

Montevideo, 3 de Junio de 2015.-
 
        VISTO: estas actuaciones, relacionadas con el establecimiento destinado a pinturería, sito en la Avda. Gral. Flores Nº 3650, propiedad de FONTANA S.R.L. RUT 21 197364 0012, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 60/15/0115 del 8/IV/15, se aplicaron dos multas una de 30 U.R., por falta de habilitación municipal y otra de 10 U.R., por falta de habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos;
        2º) que el 8/05/15 la precitada empresa presenta descargos a raíz de la aplicación de dos multas y entrega copia de la tarjeta del trámite de habilitación con fecha 12/XII/14, pidiendo no abonar la misma dado que el trámite se realizo dentro del plazo autorizado en su oportunidad que luce a fs. 18;
        3º) que la Abogada Asesora de este Municipio, entiende que: a) por la falta de habilitación de locales corresponde su aplicación, por cuanto el hecho de haber iniciado la tramitación dentro del plazo concedido por la Administración, no hace sino que confirmar el incumplimiento por cuanto los permisos deben recabarse antes del inicio de tareas; b) no corresponde la aplicación de la multa por carecer de habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos, en virtud de que a la fecha de la inspección ya se había iniciado el trámite y c) correspondería modificar la precitada resolución;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal entiende que corresponde modificar la Resolución Nº 60/15/0115 del 8/IV/15 en el sentido indicado; 2º)que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL D
        RESUELVE:
        1º.- Modificar el numeral 1º de la Resolución Nº 60/15/0115 del 8/IV/15, el que quedara redactado de la siguiente manera: "Aplicar una multa de 30 U.R. (treinta unidades reajustables) a FONTANA S.R.L. RUT 21 197364 0012, propietaria del establecimiento destinado a pinturería, sito en la Avda. Gral. Flores Nº 3650, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución", manteniendo en un todo los restantes términos del citado acto Administrativo.-
        2º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 11, para la notificación a la infractora y librar el testimonio correspondiente.-
ALVARO PEDRAJA,Alcalde.-

MARIA MOYANO,Concejal Municipal