Resolución N° 83/18/0117
Nro de Expediente:
2016-5420-98-000099
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
26/9/2018


Tema:
MULTAS - CERCOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R 4 (UNIDADES REAJUSTABLES CUATRO) al Sr. Aníbal Cildio González Borges C.I.: 897.777-6, domiciliado en Joanicó Nº 3766 / Cno. Santos Dumont Nº 7551, propietario del padrón Nº 144.978 apto 001 sito en Cno. Santos Dumont Nº 7551 por incumplimiento de lo intimado según D.2241.14.3 del Digesto Departamental.-

Montevideo, 26 de Setiembre de 2018.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la falta de mantenimiento de cuneta frente al padrón Nº 144.978 apto 001 sito en Cno. Santos Dumont Nº 7551, propiedad del Sr. Aníbal Cildio González Borges C.I.: 897.777-6, domiciliado en Joanicó Nº 3766 / Cno. Santos Dumont Nº 7551;
        RESULTANDO: que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 9 informa que:
        a) la cuneta de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes;
        b) que el mencionado Servicio solicita imponer una multa de U.R. 4 por incumplimiento de lo intimado según D.2241.14.3 del Digesto Departamental;
        CONSIDERANDO: 1o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;

        2o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        3o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria del día de la fecha resuelve por mayoría de 3 votos a favor y dos en contra la aplicación de la multa correspondiente;

        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R 4 (UNIDADES REAJUSTABLES CUATRO) al Sr. Aníbal Cildio González Borges C.I.: 897.777-6, domiciliado en Joanicó Nº 3766 / Cno. Santos Dumont Nº 7551, propietario del padrón Nº 144.978 apto 001 sito en Cno. Santos Dumont Nº 7551 por incumplimiento de lo intimado según D.2241.14.3 del Digesto Departamental.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (TREINTA) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación al infractor y demás efectos.-
Silvana Lima,Alcaldesa del Municipio F.-

Juan Bologna,Concejal Municipal