Resolución N° 66/16/0117
Nro de Expediente:
3310-013688-15
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
16/3/2016


Tema:
MULTAS - VEREDAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R.5 (UNIDADES REAJUSTABLES CINCO) a la Sra. Gladys Molina Cabrera, C.I.: 1.321.839-5, domiciliada en Charrua Nº 1985 apto. 801, Sra. Virginia Molina Cabrera C.I.: 2.913.238-3 domiciliada en Tte. Galeano Nº 4067, Sr. Luis Molina C.I.: 734.020-9 y la Sra. Claudia Molina Cabrera C.I.: 1.885.867-3 domiciliados ambos en Av. 8 de Octubre Nº 4015 apto. 346, propietarios del padrón Nº 134.763 sito en Tte. Galeano Nº 4067.-

Montevideo, 16 de Marzo de 2016.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el mal estado de la vereda ubicada frente al padrón Nº 134.763 sito en Tte. Galeano Nº 4067, propiedad de la Sra. Gladys Molina Cabrera, C.I.: 1.321.839-5, domiciliada en Charrua Nº 1985 apto. 801, Sra. Virginia Molina Cabrera C.I.: 2.913.238-3 domiciliada en Tte. Galeano Nº 4067, Sr. Luis Molina C.I.: 734.020-9 y la Sra. Claudia Molina Cabrera C.I.: 1.885.867-3 domiciliados ambos en Av. 8 de Octubre Nº 4015 apto. 346;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 9 informa que:
        a) la vereda de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes;
        b) el mencionado Servicio solicita imponer una multa de U.R.5 por infracción a lo dispuesto en el Artículo D.2213 del Volumen VII del Digesto Departamental;
        2o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria de fecha 16 de marzo de 2016 resuelve por unanimidad la aplicación de la multa correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R.5 (UNIDADES REAJUSTABLES CINCO) a la Sra. Gladys Molina Cabrera, C.I.: 1.321.839-5, domiciliada en Charrua Nº 1985 apto. 801, Sra. Virginia Molina Cabrera C.I.: 2.913.238-3 domiciliada en Tte. Galeano Nº 4067, Sr. Luis Molina C.I.: 734.020-9 y la Sra. Claudia Molina Cabrera C.I.: 1.885.867-3 domiciliados ambos en Av. 8 de Octubre Nº 4015 apto. 346, propietarios del padrón Nº 134.763 sito en Tte. Galeano Nº 4067, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (TREINTA) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación a las personas infractoras y demás efectos.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Juan Bologna,Concejal Municipal