Resolución N° 110/20/0117
Nro de Expediente:
2018-3310-98-001294
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
11/11/2020


Tema:
MULTAS - INSPECCIONES PROFESIONALES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20 (UNIDADES REAJUSTABLES VEINTE) al Sr. Carmine Fucile Fabro C.I.: 1.254.280-6, domiciliado en Dr. Sebastián Rodríguez Nº 4594, propietario de la finca sita en Av. José Belloni Nº 4602, padrón Nº 44.463, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 11 de Noviembre de 2020.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con los problemas de humedades padecidos por la finca sita en Clemente Ruggia N° 4092 padrón N° 144.970;
        RESULTANDO: 1o.) que en la inspección profesional realizada con fecha 14/12/2018 se observo la presencia de humedades provenientes del padrón lindero N° 44.463, condiciones que afectan la habitabilidad del bien;
        2o.) que se intimó al propietario de la finca a realizar acciones necesarias para solucionar problemas existentes;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se informa que corresponde la aplicación de una multa de U.R. 20 por infracción a lo dispuesto en el Artículo 3, Numeral 12, Sección II, del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        2o.) la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        3o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria del día de la fecha resuelve de conformidad por unanimidad;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 20 (UNIDADES REAJUSTABLES VEINTE) al Sr. Carmine Fucile Fabro C.I.: 1.254.280-6, domiciliado en Dr. Sebastián Rodríguez Nº 4594, propietario de la finca sita en Av. José Belloni Nº 4602, padrón Nº 44.463, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (TREINTA) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Servicio Centro Comunal Zonal Nº9 para realizar la notificación y demás efectos.-
Francisco D. Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Juan Bologna,Concejal Municipal