Resolución N° 179/15/0117
Nro de Expediente:
3310-009833-15
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
26/8/2015


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R.5 (UNIDADES REAJUSTABLES CINCO) por falta de habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos y U.R.15 (UNIDADES REAJUSTABLES QUINCE) por falta de habilitación municipal, al Sr. Angel Biques C.I.: 4.450.906-8, propietario del establecimiento en infracción destinado a Taller Mecánico, sito en Cno. Maldonado Nº 6605, padrón Nº 402.021.-

Montevideo, 26 de Agosto de 2015.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a Taller Mecánico, sito en Cno. Maldonado Nº 6605, padrón Nº 402.021, propiedad del Sr. Angel Biques C.I.: 4.450.906-8;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº9 informa que:
        a) el establecimiento referido se encuentra en infracción con las normas departamentales vigentes,
        b) el mencionado Servicio solicita imponer una multa de U.R. 5 por falta de habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos y otra de U.R.15 por falta de habilitaciones municipales, según lo dispuesto por el Art. 14, Secc. XIII, Núm 1º, Lit. A del Decreto 21.626 y Res. 2287/13;
        2o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria de fecha 26 de Agosto de 2015 resuelve la aplicación de las multas correspondientes;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R.5 (UNIDADES REAJUSTABLES CINCO) por falta de habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos y U.R.15 (UNIDADES REAJUSTABLES QUINCE) por falta de habilitaciones municipales, al Sr. Angel Biques C.I.: 4.450.906-8, propietario del establecimiento en infracción destinado a Taller Mecánico, sito en Cno. Maldonado Nº 6605, padrón Nº 402.021, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (TREINTA) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación a la empresa infractora y demás efectos.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Juan Bologna,Concejal Municipal