Resolución N° 918/03/3000
Nro de Expediente:
9590-002953-03 9590-008171-02 9590-009128-02
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
18/8/2003


Tema:
DEJAR SIN EFECTO MULTA

Resumen:
Dejar sin efecto la Resolución No. 77/02/4311, de fecha 3/IV/03, del Servicio de Regulación Alimentaria, por la que se aplicó una multa de U.R. 3 y el pago de U.R. 10 por tasa de análisis, a la firma Osverna S.A., propietaria del establecimiento destinado a panificadora, sito en la calle Cnel. Juan Belinzon No. 5020, por haberse aplicado doble sanción por la misma causa.-

Montevideo, 18 de Agosto de 2003.-
 
      VISTO: que por Resoluciones del Servicio de Regulación Alimentaria Nos. 36/11/4311, de fecha 12/III/03 y 77/02/4311, de fecha 3/IV/03, se dispuso por cada una aplicar una multa de U.R. 3 (Unidades Reajustables tres), a la Osverna S.A., R.U.C. 210343180014, propietaria del establecimiento destinado a panificadora, sito en la calle Cnel. Juan Belinzon No. 5020, cuyo responsable legal es el Sr. Norberto Osvaldo Verdecchia Giacomone, C.I. 2.004.460-6, por haberse detectado en muestras extraídas de inspecciones realizadas con fecha 20/IX/02 y 8/X/02, respectivamente que el producto Grisines Sabor Pizza, contenía PUNZO 4R (agregado aditivo colorante no autorizado), que no estaba declarado en la rotulación;
      RESULTANDO: 1o) que la firma de obrados presenta nota con argumentos que son de recibo, solicitando se deje sin efecto la multa aplicada;
      2o) que con fecha 4/VIII/03 el Servicio de Regulación Alimentaria expresa que las muestras que dieron lugar a las sanciones de que se trata, fueron extraídas de distintos comercios y refieren al mismo problema de rotulación, que fue solucionado en su momento, por lo que sugiere revocar la Resolución No. 77/02/4311, de fecha 3/IV/03, como asimismo mantener en todos sus términos la Resolución No. 36/11/4311, de fecha 12/III/03;
      3o) que la


      División Salud y Programas Sociales se manifiesta de conformidad;
      CONSIDERANDO: las facultades oportunamente delegadas;
      LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
      DE DESCENTRALIZACION
      RESUELVE:
      1. Dejar sin efecto la Resolución del Servicio de Regulación Alimentaria No. 77/02/4311, de fecha 3/IV/03, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2. Mantener firme en todos sus términos la Resolución No. 36/11/4311, de fecha 12/III/03.-
      3. Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio de Regulación Alimentaria para notificación a la firma interesada y demás efectos.-

PROF. ANA MARIA OLIVERA, Directora General del Departamento de Descentralización .-