Resolución N° 460/21/1000
Nro de Expediente:
2021-5229-98-001245
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
22/7/2021


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 54 al Sr. Casanova Julio César, responsable del local ubicado en la calle Suecia No. 2052, por la existencia de mercadería vencida para su comercialización.-

Montevideo, 22 de Julio de 2021.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local ubicado en la calle Suecia No. 2052, responsabilidad del Sr. Casanova Julio César (domicilio electrónico: elcorredorjulio@hotmail.com);
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Convivencia Departamental informa que personal inspectivo constató la existencia de mercadería vencida para su comercialización en el referido local, labrándose el Acta No. 44200, de 11/5/21;
        2o.) que se procedió a otorgar vista de acuerdo a lo dispuesto por el Art. R.69 del Vol. II del Digesto Departamental a efectos de la formulación de descargos, sin que estos se hayan presentado;
        3o.) que en tal sentido el precitado Servicio señala que corresponde aplicar una multa de UR 54, por infringir lo dispuesto en el Decreto No. 315/094 (Reglamento Bromatológico Nacional), el Art. D. 895, inc. f) del Volumen VI "Higiene y Asistencia Social" del Digesto Departamental y en el Art. 4, apartado A), num. 3, inc. f) del Régimen Punitivo Departamental (Decreto No. 21.626, de 11/4/1984);
        4o.) que la Prosecretaría General remite las actuaciones solicitando el dictado de la resolución correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto No. 34.134 de 12/4/12 y la Resolución No. 2287/13 de 3/6/13;
        2o.) que por Resolución No. 4242/20 de 01/12/2020 se delegó en la Secretaria General la
        facultad de aplicar multas de hasta un monto de UR 55;
        LA SECRETARIA GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 54 (unidades reajustables cincuenta y cuatro) al Sr. Casanova Julio César, CI 1.925.887-6, RUT 212675850017, con domicilio en la calle Suecia No. 2052, (domicilio electrónico: elcorredorjulio@hotmail.com), responsable del local ubicado en la citada vía de tránsito, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días si la multa permaneciera impaga el Servicio de Convivencia Departamental comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar dicho cobro.-
        3.- Comuníquese al Municipio A, a los Servicios Gestión de Contribuyentes, Centro Comunal Zonal No. 17 y pase al Servicio de Convivencia Departamental para la notificación correspondiente y demás efectos.-

ING. AGR. OLGA OTEGUI, Secretaria General.-