Resolución N° 423/23/1000
Nro de Expediente:
2023-5227-98-000015
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
19/4/2023


Tema:
CLAUSURAS

Resumen:
Se clausura el establecimiento denominado "Che Montevideo" ubicado en Rambla Mahatma Gandhi No. 630, responsabilidad de la empresa Fradinco SA.-

Montevideo, 19 de Abril de 2023.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con el establecimiento denominado "Che Montevideo" ubicado en Rambla Mahatma Gandhi No. 630, responsabilidad de la empresa Fradinco SA;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Convivencia Departamental, considerando los antecedentes por incumplimiento de la normativa departamental, no contando con habilitación vigente y no habiéndose presentado descargos ni regularizado su situación, solicita el dictado de resolución de clausura del referido establecimiento, al amparo del artículo D.3307.1 del Digesto Departamental;
        2o.) que se procedió a otorgar vista al interesado a efectos de la formulación de descargos, sin que estos se hayan presentado;
        3o.) que la Prosecretaría General remite las actuaciones para el dictado de la correspondiente resolución de clausura;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 4241/20 de 1/12/20 se delegó en la Secretaría General las facultades de clausurar locales cuando se constaten infracciones a la normativa que regula su
        funcionamiento;
        LA SECRETARIA GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Clausurar el establecimiento denominado "Che Montevideo" ubicado en Rambla Mahatma Gandhi No. 630, responsabilidad de la empresa Fradinco SA, RUT 213648460015, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Establecer que el Servicio de Convivencia Departamental, al hacer efectiva la clausura, notificará al interesado que una vez que hayan cesado las causas que la originaron podrá solicitar retomar la actividad comercial del establecimiento, el que no deberá ponerse en funcionamiento hasta que se dicte resolución rehabilitándolo, bajo apercibimiento de la aplicación de más severas sanciones.-
        3.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Municipio CH, al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5 y pase al Servicio de Convivencia Departamental (Unidad Clausuras) para la notificación correspondiente y demás efectos.-

Ing. Agr. Olga Otegui, Secretaria General.-