Resolución N° 196/15/6300
Nro de Expediente:
3360-002322-15
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
13/7/2015


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 20 a la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) - Consejo de Educación Inicial y Primaria - Escuela No. 104, RUT No. 215926790014.

Montevideo, 13 de Julio de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) - Consejo de Educación Inicial y Primaria - Escuela No. 104, RUT No. 215926790014, sita en la Av. Carlos María Ramírez No. 1000, dentro de los límites del Municipio A, correspondiente al Servicio Centro Comunal Zonal No. 14;
        RESULTANDO: 1o.) que con fecha 14 de abril de 2015 la Oficina Comercial dependiente de la División Limpieza informa que se comunicaron, vía mail y telefónicamente, con la Directora de la mencionada escuela para solicitarle la presentación de la Declaración Jurada de Generación de Residuos Sólidos No Domiciliarios (DGRSND);
        2o.) que con fecha 29 de abril del año en curso, se dio cumplimiento a lo dispuesto en el Art. R.69 del Volumen II del Digesto, dándole vista a la Escuela No. 104 del contenido del expediente, por el término de 10 (diez) días hábiles a partir de su notificación, previo a la aplicación de sanciones que pudieran corresponder;
        CONSIDERANDO: 1o.) que el Servicio de Planificación Administración y Apoyo expresa, que no habiendo sido evacuada la vista conferida, corresponde la aplicación de una multa de UR 20 (unidades reajustables veinte) acorde al Art. D.1920.1 del Digesto Departamental, cuya fuente es el Decreto No. 35.337, de fecha 11 de diciembre de 2014, de la Junta Departamental de Montevideo, Art. 2, donde se establece: "La no presentación de la Declaración Jurada de Generación de Residuos Sólidos No Domiciliarios (DGRSND) ante la Oficina Comercial dependiente de la División Limpieza, acarreará una multa que se graduará entre 20 UR y el máximo legal (350 UR)";
        2o.) que según Resolución No. 3248/15, de fecha 9 de julio de 2015, el Intendente de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental, la facultad de aplicar
        multas hasta un monto de 55 UR;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESARROLLO AMBIENTAL
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.-Aplicar una multa de UR 20 (unidades reajustables veinte) a la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) - Consejo de Educación Inicial y Primaria - Escuela No. 104, RUT No. 215926790014, sita en la Av. Carlos María Ramírez No. 1000, por las razones indicadas en la parte expositiva de la presente Resolución.
        2o.-Comuníquese al Muncipio A, al Servicio Gestión de Contribuyentes, cumplido, pase a la Secretaría General para la notificación a la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) - Consejo de Educación Inicial y Primaria - Escuela No. 104, a la que se le hará saber en dicho acto, que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a partir de la notificación, para el pago de la sanción impuesta, bajo apercibimiento que en caso de incumplimiento se ejecutará el cobro mediante acción judicial.

Oscar Curutchet, Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental..-