Resolución N° 336/12/5500
Nro de Expediente:
9590-007148-12
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
11/12/2012


Tema:
MODIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN

Resumen:
Modificar la Resolución 221/12/5500, de fecha 28/IX/12, dejando sin efecto 9 (nueve) multas de U.R. 2 (Unidades Reajustables dos) c/u y 9 (nueve) multa de U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco) c/u, a la empresa Susimax S.A., R.U.T. 216614250012, propietaria del establecimiento destinado a restaurante, sito en Avda. Dr. Luis Alberto de Herrera No. 1140.-

Montevideo, 11 de Diciembre de 2012.-
 
        VISTO: que por Resolución No. 221/12/5500, de fecha 28/IX/12 se dispuso aplicar una multa de U.R. 54, 19 multas de U.R. 2 c/u y 19 multas de U.R. 5 c/u, a la firma Susimax S.A., R.U.T. 216614250012, propietaria del establecimiento destinado a restaurante, sito en Avda. Dr. Luis Alberto de Herrera No. 1140, cuya representante legal es la Sra. Graciela Soledad Rebollo Pérez, C.I. 2.855.474-2, por infringir lo dispuesto en los Arts. D. 899.p y D.899.o del Decreto No. 27.235 de fecha 12/IX/96 y artículo 315.5.5.1 del Digesto;
        RESULTANDO: 1o.) que con fecha 10/X/12 se presenta la representante legal de la empresa manifestando que el comercio está recientemente instalado y se les dificultó reunir los carnés solicitados, agregando que con fecha 26 de octubre presentó nota con la documentación solicita;
        2o.) que con fecha 30/XI/12 la Abogada del Servicio de Regulación Alimentaria, informa que: a) comparece la Sra. Suárez en representación de la empresa quien no acredita la representación invocada, solicitando se deje sin efecto las sanciones aplicadas; b) que no cumple con el requisito legal referente a la obligatoriedad de la firma de abogado; c) que se realizó inspección y se constató las irregularidades y d) de acuerdo con lo expresado por la representante de la empresa la misma alega que se trata de un comercio recientemente instalado y se les dificultó reunir la documentación solicitada, agregando que con fecha 26/X/12 presentó nota con la documentación solicitada;
        3o.) que por lo expuesto y de acuerdo a la documentación presentada correspondería dejar sin efecto las sanciones por carecer de carné de salud de los Sres. César Marín, Natalia Ferreyra, Lourdes Aparicio, Joana Moreira, Alexis Almeida, Natalia Sánchez, Jessica Pou, Elida Rubido y Carolina Techera y por carecer de carné de manipulador de alimentos los Sres. César Marín, Natalia Ferreyra, Elida Rubido, Lourdes Aparicio, Hernán Bebekian, Joana Moreira, Jessica Pou, Sergio Cardozo y Alexis Almeida; (nueve carné de salud y nueve carné de manipulador de alimentos;
        4o.) que en consecuencia corresponde modificar la referida resolución dejando sin efecto 9 (nueve) multas de U.R. 2 por carecer de carné de manipulador de alimentos y 9 (nueve) multas de U.R. 5 por carecer de carné de salud, por no corresponder, manteniendo incambiados sus restantes términos;
        5o.) que la Dirección (I) del Servicio de Atención a la Salud y la División Salud se manifiestan de conformidad;
        CONSIDERANDO: que corresponde modificar dicho acto administrativo;
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESARROLLO SOCIAL
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Modificar la Resolución 221/12/5500, de fecha 28/IX/12, dejando sin efecto 9 (nueve) multas de U.R. 2 (Unidades Reajustables dos) c/u y 9 (nueve) multa de U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco) c/u, a la empresa Susimax S.A., R.U.T. 216614250012, propietaria del establecimiento destinado a restaurante, sito en Avda. Dr. Luis Alberto de Herrera No. 1140, cuya representante legal es la Sra. Graciela Soledad Rebollo Pérez, C.I. 2.855.474-2, manteniendo incambiados sus restantes términos.-

        2.- Comuníquese a la División Salud y pase al Servicio de Regulación Alimentaria para notificar a la infractora y demás efectos.-

PROF. MARIA SARA RIBERO, Directora General del Departamento de Desarrollo Social.-