Resolución N° 1247/23/1000
Nro de Expediente:
2023-5229-98-000802
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
7/9/2023


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 54 al Sr. Aníbal Roberto Rostan Charbonnier, responsable del local comercial ubicado en la calle Daniel Muñoz N.º 2249, por comercialización de mercadería vencida.-

Montevideo, 7 de Setiembre de 2023.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local comercial ubicado en la calle Daniel Muñoz N.º 2249, responsabilidad del Sr. Aníbal Roberto Rostan Charbonnier, CI 2.761.400-4;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Convivencia Departamental informa que personal inspectivo constató la existencia de mercadería vencida para la venta, según Acta N.º 05063 de 3/5/23;
        2o.) que se procedió a otorgar vista de acuerdo a lo dispuesto por el artículo R.69 del Vol. II del Digesto Departamental a efectos de la formulación de descargos, no habiéndose presentado;
        3o.) que en tal sentido el citado Servicio sugiere la aplicación de una multa de UR 54 por infringir lo dispuesto en el Decreto N.º 315/994 (Reglamento Bromatológico Nacional) y en el artículo D.895, Inc. f) del Volumen VI "Higiene y Asistencia Social" del Digesto Departamental, conforme a lo dispuesto el artículo 4, apartado A), numeral 3, inciso f), del Decreto N.º 21.626 (Régimen Punitivo Departamental);
        4o.) que la Prosecretaría General eleva las actuaciones para el dictado de la correspondiente resolución sancionatoria;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales de acuerdo al Decreto N.º

        34.134 de 12/04/12 y la Resolución N.º 2287/13 de 03/06/13;

        2o.) que por la Resolución No. 4242/20 de 01/12/2020 se delegó en la Secretaria General la
        facultad de aplicar multas de hasta un monto de UR 55;
        LA SECRETARIA GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 54 (unidades reajustables cincuenta y cuatro), al Sr. Aníbal Roberto Rostan Charbonnier, CI 2.761.400-4, con domicilio en la calle Daniel Muñoz N.º 2249, por lo indicado en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días si la multa permaneciera impaga el Servicio de Convivencia Departamental comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar dicho cobro.-
        3.- Comuníquese a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio de Convivencia Departamental para la notificación correspondiente y demás efectos.-

Ing. Agr. Olga Otegui, Secretaria General.-