Resolución N° 288/06/1000
Nro de Expediente:
5220-010639-06
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
4/8/2006


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se deja sin efecto la multa de U.R. 29.6820 aplicada por Res. 52/06/1000 a la firma Calonal S.A.-

Montevideo, 4 de Agosto de 2006.-
 
        VISTO: que por Resolución N° 52/06/1000, de 26/1/06, se aplicó una multa de U.R. 29.6820, a la firma Calonal S.A., RUC 21 5051370019, propietaria del establecimiento destinado a Hotel, ubicado en Hipólito Yrigoyen 1447;
        RESULTANDO: 1o.) que dicha multa fue aplicada por la no presentación de la habilitación del Servicio de Regulación Alimentaria;
        2o.) que el 12/6/06, la Sra. Claudia Frankenstein, en representación de la firma propietaria del Hotel en cuestión, presenta un escrito manifestando que la habilitación que se menciona les fue otorgada el 15/11/05 y que por error, no fue presentada la fotocopia ante el Sector Hoteles, Pensiones, Inquilinatos y Afines, no tratándose de una falta de atención sino de una confusión, por lo que solicita se deje sin efecto la multa impuesta;
        3o.) que el Sector mencionado el 10/7/06 expresa que, con fecha 16/1/06 y fuera de plazo se presenta la habilitación correspondiente, cometiéndose el error de no presentarla en tiempo y forma, por lo que sugiere se notifique a la firma interesada que es la última vez que se toma en cuenta omitir la presentación de la documentación que se intime y se deje sin efecto la Res. N° 52/06/1000, de 26/1/06;
        4o.) que el Servicio Central de Inspección General de conformidad con lo informado eleva las actuaciones;
        CONSIDERANDO: que la Prosecretaría General se manifiesta de acuerdo con lo informado;
        EL SECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Dejar sin efecto la Resolución N° 52/06/1000, de 26/1/06, por la cual se sancionó a la firma Calonal S.A., RUC 21 5051370019, propietaria del establecimiento destinado a Hotel, ubicado en Hipólito Yrigoyen 1447, por las razones expuestas en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Comuníquese al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Central de Inspección General -para notificar a la firma interesada- y demás efectos.-

ARQ. HERBERT ICHUSTI, Secretario General.-