Resolución N° 3411/12
Nro de Expediente:
3140-000848-12
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
13/8/2012


Tema:
DONACIÓN MODAL

Resumen:
Aprobar el siguiente proyecto de donación modal a suscribirse con la Asociación Civil Centro Uruguay Independiente (CUI), con el objeto de la instrumentación de las actividades del Programa Reutilización de Yerba para la creación de puestos de trabajo sustentables para la población con discapacidad intelectual o física, con problemas de salud mental, o con rehabilitación por algún tipo de adicción.-

Montevideo, 13 de Agosto de 2012.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones tendientes a lograr un acuerdo promoviendo una donación modal con la Asociación Civil "Centro Uruguay Independiente" (CUI), por la cual se estipula la instrumentación de las actividades del Programa Reutilización de Yerba;
        RESULTANDO: 1o.) que la citada donación se basa en los lineamientos elaborados por la Secretaría de Gestión Social para la Discapacidad, contemplando las actividades planteadas en el lineamiento de trabajo y empleo, con el objetivo de mejorar el acceso al empleo de las personas con discapacidad y establecer un referente institucional departamental para fomentar el acceso al trabajo de las personas con discapacidad, promoviendo procesos de capacitación laboral;
        2o.) que el Programa de referencia se viene desarrollando desde el año 2010, y se enmarca en una propuesta global de creación de puestos de trabajo sustentables para la población con discapacidad intelectual o física, con problemas de salud mental, o en rehabilitación por algún tipo de adicción;
        3o.) que se efectuó la solicitud SEFI No. 148538;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la División Asesoría Jurídica formula observaciones al texto propuesto originalmente que fueron recogidas en el presente; propuesto;
        2o.) que la División Políticas Sociales se manifiesta de conformidad;
        3o.) que la Directora General del Departamento de Desarrollo Social estima oportuno y conveniente aprobar el acuerdo de referencia;
        4o.) que a los efectos de dotar de mayor agilidad el sistema se estima conveniente hacer uso del mecanismo previsto en el artículo 280o. de la Constitución de la República;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aprobar el siguiente proyecto de donación modal a suscribirse entre la Intendencia de Montevideo y la Asociación Civil Centro Uruguay Independiente (CUI): DONACIÓN MODAL: En la ciudad de Montevideo, el día .... de .................. comparecen, POR UNA PARTE: la Intendencia de Montevideo en adelante IdeM, RUT 211763360018, con domicilio en la Avda. 18 de Julio No. 1360, representada en este acto por .............., y POR OTRA PARTE: la Asociación Civil Centro Uruguay Independiente (CUI) en adelante la Asociación), RUT ........................, constituyendo domicilio en la calle ........................., representada por ................, quienes acuerdan lo siguiente: PRIMERO: ANTECEDENTES: I) La presente donación se enmarca en las políticas sociales que la IdeM desarrolla con los diferentes sectores más vulnerables de la sociedad. Es esta oportunidad, a través de la Secretaria de Gestión Social para la Discapacidad, pretende colaborar con aquellos sectores sociales con dificultades para su inclusión social e inserción laboral. En este sentido, se contemplan los lineamientos elaborados por esta Secretaría, particularmente las actividades planteadas respecto de "trabajo y empleo" con los objetivos de mejorar el acceso a los mismos de las personas con discapacidad. II) La Asociación es una asociación civil sin fines de lucro fundada el 26 de marzo de 1996 y tiene por objeto la promoción social, la investigación en ciencias sociales y educación y medio ambiente. En cumplimiento de su objeto la Asociación tiene una larga trayectoria en trabajo conjunto con la IdeM en el ámbito social medioambiental. Cuenta entre sus antecedentes con la ejecución de programas como "la Yerba no es Basura" y "Las Plantas son Vida", en coordinación con la IdeM, y ha jugado un rol protagónico en la experiencia piloto del Programa de Reutilización de la Yerba, proyecto impulsado por la Secretaría de Gestión Social para la Discapacidad. III) El Programa de reutilización de la yerba, en el que se pretende avanzar, se viene desarrollando desde el año 2010 y se enmarca en una propuesta global de creación de cien puestos de trabajo sustentables para población con discapacidad intelectual o física, con problemas de salud mental, o en rehabilitación por algún tipo de adicción. El mismo consiste en un plan de capacitación, recolección y recuperación de la yerba mate usada que se consume en el edificio sede de la Intendencia, en el Parque Tecnológico Industrial del Cerro y en la Junta Departamental de Montevideo, a través de circuitos limpios, eficientes seguros, solidarios e inclusivos. Este programa, además de contribuir con el cuidado del medio ambiente y la limpieza como elementos sustentables para la vida, tiene por objetivos: difundir y capacitar sobre las posibilidades de reutilización de la yerba mate usada; generar emprendimientos de carácter productivo-social-ambiental-cultural, generadores de empleos sustentables para personas con discapacidad; brindar herramientas (espacios Web, materiales impresos, talleres y otras) para que cada institución, empresa o complejo habitacional, realice su propio programa de recuperación de la yerba mate usada, de acuerdo a su interés y posibilidades. El programa prevé la participación de jóvenes con discapacidad de organizaciones que trabajan en coordinación con la Secretaría de Gestión Social para la Discapacidad, quienes serán capacitados y realizarán las tareas. Actualmente estos jóvenes recogen la yerba mate usada, proyectándose su traslado al Centro Uruguay Independiente (CUI) y al Parque de Actividades Agropecuarias (PAGRO), sumándose es esta nueva etapa del Proyecto, la Universidad de la República a través del Programa APEX, así como el Centro de Salud del Cerro, a los efectos de su utilización en lumbricarios, para la producción de humus y mejoras de suelos pobres en materia orgánica, sin perjuicio de que se puedan incorporar otros destinos de la yerba mate usada, como ser en el subsuelo de la oficina de la Asociación; a través del presente se procura: a) continuar con la difusión sobre la importancia de recuperar la yerba usada a los efectos de evitar que la mala disposición obstruya cañerías, ensucie otros materiales recuperables para la comercialización y permita transformarse en suelo apto para cultivos; b) continuar logrando apoyos internos y externos a la IdeM, así como la implementación de la iniciativa en otros sitios; c) que los jóvenes, además de recibir capacitación y realizar las tareas de recolección y recuperación de la yerba, produzcan y comercialicen el humus y las plantas obtenidas. La venta de las plantas, el compost y la publicación "Todo se transforma" se realizará a través de la Red de Puestos de Venta, como emprendimiento que vincula aprendizaje e inserción laboral, lo que vincula aprendizaje e inserción laboral y tendrá repercusiones altamente positivas para los beneficiarios y para el entorno familiar al cual pertenecen. Dicha Red, será además un lugar donde se entregue folletería sobre toda la problemática de la discapacidad.- SEGUNDO: OBJETO: La IdeM dona a la Asociación la suma de $ 600.000,oo (pesos uruguayos seiscientos mil) pagadera en 12 (doce) cuotas mensuales iguales y consecutivas de $ 50.000,oo (pesos uruguayos cincuenta mil), abonando la primera a partir de la firma, con el objeto de cubrir los gastos de personal, locomoción, materiales y mantenimiento, necesarios para el desarrollo del Programa de Reutilización de la Yerba. Las sumas que se señalan serán reajustadas semestralmente por el IPC del período.- TERCERO: MODO: A efectos de dar cumplimiento a los fines perseguidos por la presente donación, la IdeM impone a la Asociación el cumplimiento del siguiente modo: I) Monitorear y participar en el desarrollo del Programa de Reutilización de la Yerba en el edificio sede de la Intendencia, en el Parque Tecnológico Industrial del Cerro y en la Junta Departamental de Montevideo lo que implicará: a) contratar a 5 (cinco) operarios y 1 (un) supervisor, quienes trabajarán en coordinación con la Secretaría de Gestión Social para la Discapacidad y realizarán las tareas previstas en el "Programa de Reutilización de la Yerba", dentro de los cuales se incluyen las siguientes: 1) promoción del referido programa, para lo cual se implementará una campaña interna de sensibilización y difusión del Programa en el Sede de la IdeM y se creará un folleto explicativo y un material educativo, que será comercializado en beneficios de los operarios del plan; 2) recolección, acondicionamiento y acopio de yerba mate recogida; 3) producción y mantenimiento de lumbricarios, producción de humus de lombriz, mejoramiento de suelos pobres en materia orgánica; 4) producción de plantas y 5) venta de plantas, compost y de la publicación. "Todo se transforma", a través de la red de puestos de venta. En función de las posibilidades, podrá implementarse, además, la comercialización de los lumbricarios y del humus de lombriz, siempre dando prioridad al autoconsumo de los mismos para la producción de las plantas de diverso tipo, las que serán vendidas en beneficio de los operarios del plan, en el contexto de las instituciones de las que provienen. Cada beneficiario tendrá un carga horaria de 10 (diez) horas de trabajo semanal, las que se distribuirán en dos días a la semana y contará con 2 (dos) supervisores: uno de la Asociación y el otro del Equipo Técnico de Educación Ambiental (ETEA); b) contratar un coordinador del Programa de Reutilización de la Yerba. que orientará y acompañará a los jóvenes en el desarrollo de las tareas referidas en el numeral anterior y que tendrá una carga horaria de 10 (diez) horas semanales; c) Capacitar a los beneficiarios en la materia de círculo limpio, eficiente y seguro de la yerba recuperada y en el desarrollo de todas las tareas del programa, dentro de las que incluyen: promoción ambiental en el marco de la Cultura de las Erres (reducir, reusar, reciclar, etc), actividades de mejoramiento de suelo, lumbricultura y producción de humus a partir de la yerba usada, reproducción y mantenimiento de plantas de distinto tipo, plantaciones de especies costeras comercialización de publicaciones educativas, plantas, humes, macetas y pequeñas herramientas de jardinería; d) Apoyar al grupo de beneficiarios en la formación y desarrollo de un emprendimiento autónomo y sustentable que tenga por objeto la comercialización del humus y las plantas provenientes del Programa de Reutilización de la Yerba, Dicho emprendimiento se orientará a la efectiva inserción de los beneficiarios en el ámbito laboral y e) Proporcionar vehículo y chofer para el traslado de la yerba, así como de los operarios del plan; II) Llevar los registros contables y presentar rendición de cuentas dentro del mes inmediato posterior a cada partida vertida; las mismas deberán ser medidas mediante informe de revisión limitada de los gastos efectuados conforme al texto aprobado por la Resolución No. 5375/08 del 8 de diciembre de 2008 de la IdeM, provistas de la documentación correspondiente que deje constancia del cumplimiento con los diferentes aportes a los organismos públicos y demás obligaciones legales que correspondan, con detalle de la utilización del dinero donado de acuerdo con los destinos previstos por esta donación, en la forma y condiciones que determine la Unidad Central de Auditoría Interna. La no presentación de la rendición de cuentas correspondiente a la partida anterior habilitará a la IdeM a retener las cuotas siguientes; III) Exhibir los siguientes documentos; a) Declaración nominada de historia laboral (Art. 87 de la ley Nº 16.713, de 3/9/1995) y recibo de pago de cotizaciones al organismo previsional; b) Certificado que acredite situación regular de pago de las contribuciones a la seguridad social a la entidad previsional que corresponda (Art. 663 de la Ley Nº 16.170, de 28/12/1990); c) Constancia del Banco de Seguros del Estado que acredite la existencia del seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales; d) Planilla de Control de Trabajo, recibo de haberes salariales, y, en su caso, convenio colectivo aplicable y e) Datos personales de los trabajadores comprendidos en el cumplimiento del modo impuesto por la IdeM.- CUARTO: ACEPTACIÓN Y PLAZO: La Asociación acepta la donación y se obliga a cumplir puntualmente el modo establecido en la cláusula anterior a partir de la firma y por el término de 12 (doce) meses a contar de la referida suscripción.- QUINTO: CONTRALOR DEL CUMPLIMIENTO DEL MODO: La IdeM controlará: I) el cumplimiento de la ejecución del modo por intermedio del Equipo Técnico de la Secretaría de Gestión Social para la Discapacidad, que realizará informes periódicos a los efectos de la evaluación correspondiente; II) que las rendiciones de cuentas sean presentadas de acuerdo a lo estipulado en la Cláusula Tercera numeral II; III) que el Programa de Reutilización de la Yerba se desarrollen tal como ha sido acordado; y IV) que la Asociación cumpla con toda la legislación nacional vigente en lo que tiene que ver con la relación que se acuerde con los individuos que lleven adelante la ejecución del modo y con los beneficiarios del mismo. La constatación de su incumplimiento en cualquier aspecto habilita a la IdeM a la inmediata rescisión del contrato y V) que la Asociación exhiba la documentación referida en numeral III) de la Cláusula Tercera.- SEXTO: RESPONSABILIDAD DE LA ASOCIACIÓN: La Asociación asume la totalidad de las responsabilidades emergentes de la relación trabada entre ella, los profesionales contratados para la ejecución del programa y los beneficiarios del mismo, así como las obligaciones legales y convencionales que por la misma pudieren generarse con otros organismos estatales o terceros, respecto de las cuales la IdeM es por completo ajena. Asimismo la Asociación indemnizará a terceros en caso de daños materiales o personales causados a funcionarios departamentales, cuando se constate la responsabilidad de los participantes del programa, por acción, omisión o negligencia en el desempeño de las tareas desarrolladas en cumplimiento del modo.- SÉPTIMO: MORA AUTOMÁTICA: La mora se producirá de pleno derecho, sin necesidad de acto judicial o extrajudicial alguno, por el sólo vencimiento de los términos establecidos así como, por la realización u omisión de cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado.- OCTAVO: RESCISIÓN: El incumplimiento de todas o cualesquiera de las obligaciones a cargo de la Asociación, dará lugar el inicio, previa constatación del mismo, de los trámites tendientes a la rescisión de esta donación por parte de la IdeM, quedando ésta facultada a suspender de forma inmediata el pago de las sumas previstas en la cláusula segunda del presente contrato. Se considerará que la Asociación ha incurrido en incumplimiento que amerite la rescisión, cuando notificada por escrito de la constatación del mismo dentro del plazo de diez (10) días siguientes no lo rectificara a satisfacción de la IdeM, salvo que la conducta verificada implique una acción u omisión no susceptible de rectificación. Serán de aplicación las normas que regulan la sustanciación del procedimiento administrativo en la IdeM, que la Asociación declara conocer y aceptar.- NOVENO: DOMICILIOS ESPECIALES: Las partes constituyen domicilios especiales a todos los efectos de este contrato y en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia. DÉCIMO: INDIVISIBILIDAD: Las partes acuerdan la indivisibilidad de las obligaciones contraídas en el presente contrato hasta la total extinción de las mismas.- DÉCIMO PRIMERO: COMUNICACIONES: Cualquier notificación o intimación que deban realizarse las partes, se tendrá por válidamente efectuada si es hecha a los domicilios constituidos en este documento por medio de telegrama colacionado o cualquier otro medio que diera certeza a su realización.- DÉCIMO SEGUNDO: REPRESENTACIÓN: La Asociación acredita la representación invocada según ..................... expedido el ............. exhibido en este acto, la que se encuentra vigente. En prueba de conformidad, se firman tres ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.
        2.- Delegar en la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social, la firma de la Donación Modal que se aprueba en el numeral que antecede.-
        3.- Establecer que la erogación resultante se atienda con cargo a la solicitud SEFI No. 148538.-
        4.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a las Divisiones Asesoría Jurídica, Políticas Sociales e Información; al Servicio de Escribanía y pase -por su orden- a la Contaduría General y a la Secretaría de Gestión Social para la Discapacidad.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-