Resolución N° 1114/99/3000
Nro de Expediente:
3200-007654-99
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
13/7/1999


Tema:
MULTAS - INSPECCION GENERAL

Resumen:
Multa de 12.9552 UR a Ma. Consuelo Pereira, Pensión de Francisco Canaro No. 2276/84.-

Montevideo, 13 de Julio de 1999.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a pensión, sito en la calle Francisco Canaro No. 2276/84, propiedad de la Sra. María Consuelo Pereira, C.I. No. 1.030.358, con domicilio a los efectos legales en el mismo, que fuera clausurado según Resolución No. 250/99/3000, de 19/II/99, por infringir la normativa municipal vigente;
        RESULTANDO: 1o) que con fecha 25/VI/99 se constató que no cumple con lo oportunamente dispuesto por esta Administración Municipal, lo que configura violación de clausura;
        2o) que por lo expuesto el Servicio Central de Inspección General sugiere la aplicación de una multa de 12.9552 U.R. al titular de obrados por infracción al Art. 24 del Decreto No. 21.626 del 23/IV/84;
        3o) que la División Administraciones Locales se muestra de conformidad;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se apliquen por transgredir las ordenanzas departamentales, hasta el máximo legal vigente;
        2o) que por Resolución No. 581/95 del 20/II/95 el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de aplicar multas



        hasta un monto de 55 U.R.;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de 12.9552 U.R. (doce unidades reajustables con nueve mil quinientos cincuenta y dos diezmilésimas) a la Sra. María Consuelo Pereira, C.I. No. 1.030.358, con domicilio a los efectos legales en la calle Francisco Canaro No. 2276/84, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio Central de Inspección General informará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Cobro de Morosos a los efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Pase al Servicio Central de Inspección General para su notificación y demás efectos.-

SR. ALBERTO ROSSELLI, Director General del Departamento de Descentralización.-