Resolución N° 5527/08
Nro de Expediente:
3009-000832-08
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
15/12/2008


Tema:
DONACION MODAL

Resumen:
Se aprueba texto de una donación modal a suscribirse con la Fundación Eduardo Mateo con el objetivo de desarrollar y profundizar el interés por la música de niños en situación de calle, que cuenta con el apoyo de la Asociación Civil Gurises Unidos y el INAU.-

Montevideo, 15 de Diciembre de 2008.-
 
        VISTO: que la Secretaría de Infancia eleva estas actuaciones tendientes a lograr un acuerdo promoviendo una donación modal con la Fundación Eduardo Mateo;
        RESULTANDO: 1o.) que se trata de un Programa cuyo objetivo es colaborar con aquellos sectores que presentan mayores dificultades socio-económicas, fomentando el desarrollo y la profundización del interés por la música de niños en situación de calle y de niños con riesgo de estarlo;
        2o.) que el mismo es llevado a cabo en forma conjunta con el Centro Comunal Zonal No. 10 y cuenta con el apoyo de la Asociación Civil Gurises Unidos y el INAU;
        3o.) que se efectuó la solicitud SEFI No. 113321;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la División Políticas Sociales se expresa de conformidad;
        2o.) que la Asesoría Jurídica formula observaciones al texto propuesto que son recogidas en la presente;
        3o.) que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social estima oportuno y conveniente proceder al dictado de resolución en el sentido solicitado;
        4o.) que a los efectos de dotar de mayor agilidad al sistema asegurando su ejercicio eficiente se entiende
        conveniente hacer uso del mecanismo previsto en el art. 280o. de la
        Constitución de la República;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
      1.- Convalidar lo actuado por la Secretaría de Infancia y aprobar el texto de una donación modal a suscribirse con la Fundación Eduardo Mateo, en los siguientes términos: DONACIÓN MODAL: En la ciudad de Montevideo, el ..........de .............. de dos mil ocho, por una parte, la Intendencia Municipal de Montevideo, en adelante la Intendencia, inscripta en el Registro Único Tributario con el No. 211.763.350.018, representada por ........................., con domicilio en esta ciudad en la Av. 18 de Julio No. 1360, y, por otra parte, la Fundación Eduardo Mateo, en adelante la Fundación, inscripta en el Registro Único Tributario con el No. ....................., representada por ........................, en su calidad de ................, con domicilio en esta ciudad en ..........................., acuerdan celebrar lo siguiente: PRIMERO: Antecedentes. I) La presente donación se enmarca dentro de las políticas sociales que la Intendencia desarrolla a través de la Secretaría de Infancia de la División Políticas Sociales, en este caso se trata de un Programa que atiende a niños en situación de calle y a niños con riesgo de estarlo, llevado a cabo en forma conjunta por el Centro Comunal Zonal No. 10 y la Secretaría de Infancia. La Sra. Gabriela Siracusa es la maestra coordinadora del CCZ 10 y de este programa que atiende a más de 25 niños de 9 a 13 años. Estos vínculos son potenciados fundamentalmente con el objetivo de colaborar con aquellos sectores que presentan mayores dificultades socio-económicas, con el propósito de desarrollar y profundizar el interés de los niños por la música. Apoyan este proyecto la Asociación Civil Gurises Unidos y el INAU. II) La Fundación es una institución no gubernamental, sin fines de lucro, que dentro de su objetivo tiene como uno de sus cometidos la propugnación de proyectos para niños/as, proporcionando el encuentro desde lo pedagógico con el yo interior de los pequeños a través de variados sistemas de códigos expresivos que tiendan a enriquecer las diferentes sensibilidades y realidades. Desde larga data la Fundación ha trabajado con las Secretarías de Infancia y de Juventud de la División Políticas Sociales, habiendo sido satisfactoriamente evaluada su gestión por éstas. III) A los efectos de esta donación la Fundación propone la realización de 74 (setenta y cuatro) actividades o talleres que se dividirán en tres áreas de trabajo abordadas por tres grandes dimensiones: musical, corporal y plástica. Los talleres se llevarán a cabo con el apoyo de la Asociación Civil Gurises Unidos y el INAU. En el caso se proyecta por parte de las niñas y niños amparados por el Proyecto la construcción de una historia que podrá tomar distintas formas y será presentada sobre soportes varios, incorporando las Tecnologías de la Información y la Comunicación tanto en el proceso como en el producto final. Esta historia será musicalizada e interpretada por los propios niños y niñas.- SEGUNDO: Objeto. La Intendencia dona a la Fundación la suma de $ 71.775 (pesos uruguayos setenta y un mil setecientos setenta y cinco) que se transferirá en una sola partida, que deberá ser entregada en el mes de noviembre de 2008.- TERCERO: Modo. A efectos de dar cumplimiento a los fines de la presente donación, la Intendencia impone a la Fundación el cumplimiento del siguiente modo: I) Desarrollar las 74 (setenta y cuatro) actividades reseñadas en la cláusula de antecedentes, las que se llevarán a cabo con dos grupos, uno los miércoles de 17:00 a 21:00 horas. y el otro los sábados de 15:00 a 17:00 horas, el primer grupo tiene más carga horaria porque incluye otras actividades, de acuerdo a la propuesta. II) Dividir el número de actividades en tres áreas: a) 44 (cuarenta y cuatro) de atención directa, b) 8 (ocho) de salidas didácticas y presentaciones; y c) 22 (veintidós) de planificación. III) Presentar informes bimensuales: el primero de evaluación y diagnóstico de estrategias de ajuste sobre la planificación; el segundo de avance acerca del desarrollo de la propuesta; y el tercero contendrá la evaluación final y la presentación de los productos de la propuesta. IV) Designar un referente, que se constituirá en la figura reconocida por la Secretaría y ante las direcciones de la División Políticas Sociales y el Departamento de Desarrollo Social, el que deberá participar de todas las instancias a las que sea convocado y deberá asimismo tener experiencia en coordinación interinstitucional y seguimiento de proyectos. V) Llevar los registros contables y presentar rendición de cuentas al finalizar el plazo de la donación modal, provistos de la documentación correspondiente que deje constancia del cumplimiento con los diferentes aportes a los organismos públicos y demás obligaciones legales que correspondan, con detalle de la utilización del dinero donado de acuerdo con el destino previsto por esta donación, en la forma y condiciones que determine la Unidad Central de Auditoría Interna.- CUARTO: Plazo y Aceptación. La Fundación acepta la donación y se obliga a cumplir puntualmente el modo establecido en la cláusula anterior a partir del 1o. de julio de 2008 hasta el 31 de diciembre de 2008.- QUINTO: Contralor del cumplimiento del modo. La Intendencia controlará: I) el cumplimiento de la ejecución del modo por intermedio del equipo técnico de la Secretaría de Infancia, quienes realizarán informes periódicos a los efectos de la evaluación correspondiente; II) que la Fundación cumpla con toda la legislación nacional vigente en lo que tiene que ver con la relación que se trabe con los individuos que lleven adelante la ejecución de la donación modal y con los beneficiarios del mismo, por lo cual la constatación de no cumplimiento en cualquier aspecto habilita a la Intendencia a la inmediata rescisión de esta donación; y III) que las rendiciones de cuentas sean presentadas de acuerdo a lo estipulado en la cláusula tercera, numeral V).- SEXTO: Responsabilidades de la Fundación. La Fundación asume la totalidad de las responsabilidades emergentes de la relación trabada entre éste, los profesionales intervinientes en la ejecución del programa y los beneficiarios del mismo, respecto de los cuales la Intendencia es por completo ajena. Asimismo la Fundación indemnizará en caso de daños materiales o personales causados a terceros, cuando se constatare la responsabilidad de los participantes del programa por acción, omisión o
      negligencia en el desempeño de las tareas desarrolladas en cumplimiento del modo.-
      SÉPTIMO: Mora automática. La mora se producirá de pleno derecho, sin necesidad de acto judicial o extrajudicial alguno, por el solo vencimiento de los términos establecidos, así como por la realización u omisión de cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado.- OCTAVO: Rescisión. El incumplimiento de todas o cualesquiera de las obligaciones a cargo de la Fundación, dará lugar al inicio, previa constatación del mismo, de los trámites tendientes a la rescisión de esta donación por parte de la Intendencia. Se considerará que la Fundación ha incurrido en incumplimiento que amerite rescisión, cuando notificada por escrito de la constatación del mismo, dentro del plazo de 10 (diez) días siguientes no lo rectificara a satisfacción de la Intendencia, salvo que la conducta verificada implique una acción u omisión no susceptible de rectificación. Serán de aplicación las normas que regulan la sustanciación del procedimiento administrativo en la Intendencia, que la Fundación declara conocer y aceptar.- NOVENO: Domicilios Especiales. Las partes constituyen domicilios especiales a todos los efectos de este contrato, en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia.- DÉCIMO: Comunicaciones. Cualquier notificación o intimación que deban realizarse las partes, se tendrá por válidamente efectuada si es hecha a los domicilios constituidos en este documento, por medio de telegrama colacionado o cualquier otro medio que diera certeza de su realización.- DÉCIMO PRIMERO: Representación. La Fundación acredita la representación invocada según .................. expedido el día ................ En prueba de conformidad se firman tres ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.-
      2.- Delegar en la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social la facultad de firmar la donación modal que por el numeral anterior se aprueba.-
      3.- Establecer que la erogación resultante se atienda con cargo a la solicitud SEFI No. 113321.-
      4.- Comuníquese a los Departamentos de Recursos Financieros y de Descentralización, a las Divisiones Políticas Sociales, Región Este, a la Asesoría Jurídica, a los Servicios de Escribanía, Unidad Central de Presupuesto, Centro Comunal Zonal No. 10 y pase -por su orden- a la Contaduría General y a la Secretaría de Infancia.-
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
DR. JORGE RODRIGUEZ, Secretario General (I).-