Resolución N° 1129/02
Nro de Expediente:
5010-001273-02
 
RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES
Fecha de Aprobación:
20/3/2002


Tema:
TRIBUNALES DE CONCURSO

Resumen:
Se modifica el art. R. 245.21, referido a Tribunales de Concurso.-

Montevideo, 20 de Marzo de 2002.-
 
        VISTO: el artículo R. 245.21, Volumen III del Digesto Municipal;
        RESULTANDO: 1o.) que por el mismo se establece el régimen de Integración de los Tribunales de Concurso;
        2o.) que sería conveniente modificar el mencionado régimen autorizando a que los funcionarios concursantes elijan el tercer miembro de los mismos, así como a su suplente;
        CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Recursos Humanos y Materiales estima conveniente el dictado de resolución en tal sentido;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.- Modificar el artículo R. 245.21 del Volumen III del Digesto Municipal, el que quedará redactado de la siguiente manera:
        Artículo R. 245.21.- Los Tribunales de Concurso se integrarán con tres miembros titulares y sus respectivos suplentes. Para los concursos internos dos de sus miembros, incluyendo el Presidente del Tribunal, serán designados por la Administración, a propuesta conjunta del o de los Directores de los Departamentos involucrados y del Director del Departamento de Recursos Humanos y Materiales, debiendo ser al menos uno de ellos, persona de reconocida idoneidad técnica en la especialidad del cargo a proveer, pudiendo ser uno o ambos, externos o funcionarios municipales.
        El tercer miembro, titular y suplente, será elegido por los concursantes, pudiendo ser externo o funcionario municipal, debiendo ser persona de reconocida idoneidad técnica en la especialidad del cargo a proveer. Se confeccionará una lista con los nombres propuestos por los aspirantes en el acto de su inscripción, previa aceptación por escrito de los mismos. Las propuestas contendrán hasta un máximo de tres nombres. La Unidad Selección y Carrera Funcional, previo recuento de las propuestas, verificará que las personas propuestas, si son funcionarios, cumplan con los requisitos de los artículos R. 245.22 y R. 245.26. Resultará electo, como titular, la persona más votada y como suplente, quien ocupe el segundo lugar en votos. En el caso de empate, definirá la Administración.-
        Para los concursos abiertos los Tribunales se integrarán con tres miembros designados por el Intendente Municipal y sus respectivos suplentes
        Artículo R. 245.21.1.- A los efectos de completar las bases del llamado en los concursos internos, previo a la inscripción de los postulantes, las tareas establecidas en el literal a) del Art. R. 245. 20, serán realizadas por el Presidente del Tribunal y el segundo miembro, no pudiendo, en ningún caso, definir los contenidos de las pruebas.-
        2o.- Comuníquese a la Secretaría General a fin de cursar nota a la Junta Departamental de Montevideo; a todos los Departamentos, quienes comunicarán a sus respectivas dependencias; al Instituto de Estudios Municipales; a la Contaduría General; a la Unidad Central de Planificación Municipal y pase al Departamento Jurídico, a sus efectos.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-